Bajo estos casos podrá trastearse en Bucaramanga
Pese a que el decreto que emergencia por la COVID-19 prohíbe trasteos, hay excepciones por motivos de fuerza mayor.
Bucaramanga
La Alcaldía de Bucaramanga explicó bajo qué motivos se podrá realizar mudanzas en la ciudad durante la emergencia por la COVID-19. Pese a que están prohibidos se pueden hacer pero solo por fuerza mayor.
Estas son: cuando deba mudarse a su nueva propiedad por entrega de casa o apartamento, también cuando no existan otras alternativas que garanticen la vivienda digna de la persona.
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También cuando ya finalizó el contrato de arrendamiento de domicilios o locales comerciales y se ha pactado la entrega del inmueble. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas económicas para los comerciantes.
Cuando hay un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario para entregar anticipadamente el inmueble sobre el que recae su relación contractual.
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Conjuntos residenciales
La Alcaldía explicó que los administradores de conjuntos residenciales y su personal de seguridad deben permitir los trasteos, siempre que se determine que las personas a cargo del mismo se encuentran en una situación de fuerza mayor.
En caso de que se nieguen los permisos, los ciudadanos pueden acudir a la policía.
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Otras disposiciones
Habrá sanciones para quienes realizan mudanzas sin estar en los casos de excepción. Para demostrar que es por fuerza mayor se debe presentar: el nuevo contrato de arrendamiento, el contrato finalizado, la escritura del nuevo inmueble, el contrato de compraventa, o la promesa de compraventa.
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Una declaración a la autoridad que lo solicite, indicando bajo la gravedad del juramento, que se encuentra en una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito.
Las empresas de mudanzas se encuentran autorizadas para prestar sus servicios, pero solo cuando se demuestre que es un caso de fuerza mayor o fortuito.