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Bajo estos casos podrá trastearse en Bucaramanga

Pese a que el decreto que emergencia por la COVID-19 prohíbe trasteos, hay excepciones por motivos de fuerza mayor.

Bajo estos casos podrá trastearse en Bucaramanga

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Bucaramanga

La Alcaldía de Bucaramanga explicó bajo qué motivos se podrá realizar mudanzas en la ciudad durante la emergencia por la COVID-19. Pese a que están prohibidos se pueden hacer pero solo por fuerza mayor.

Estas son: cuando deba mudarse a su nueva propiedad por entrega de casa o apartamento, también cuando no existan otras alternativas que garanticen la vivienda digna de la persona.

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También cuando ya finalizó el contrato de arrendamiento de domicilios o locales comerciales y se ha pactado la entrega del inmueble. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas económicas para los comerciantes.

Cuando hay un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario para entregar anticipadamente el inmueble sobre el que recae su relación contractual.

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Conjuntos residenciales

La Alcaldía explicó que los administradores de conjuntos residenciales y su personal de seguridad deben permitir los trasteos, siempre que se determine que las personas a cargo del mismo se encuentran en una situación de fuerza mayor.

En caso de que se nieguen los permisos, los ciudadanos pueden acudir a la policía.

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Otras disposiciones

Habrá sanciones para quienes realizan mudanzas sin estar en los casos de excepción. Para demostrar que es por fuerza mayor se debe presentar: el nuevo contrato de arrendamiento, el contrato finalizado, la escritura del nuevo inmueble, el contrato de compraventa, o la promesa de compraventa.

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Una declaración a la autoridad que lo solicite, indicando bajo la gravedad del juramento, que se encuentra en una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito.

Las empresas de mudanzas se encuentran autorizadas para prestar sus servicios, pero solo cuando se demuestre que es un caso de fuerza mayor o fortuito.

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