Duitama declara Alerta Naranja y prohíbe pólvora, globos y uso inadecuado del agua
La medida rige en toda la jurisdicción del municipio ante la consolidación del fenómeno de El Niño y contempla sanciones para quienes incumplan las restricciones.

Con el decreto de alerta amarilla se pretende adoptar medidas preventivas, correctivas y sancionatorias para la llegada del Fenómeno de El Niño.

Duitama
La Alcaldía de Duitama declaró Alerta Naranja en toda la jurisdicción del municipio, debido a la consolidación del fenómeno de El Niño y a las condiciones climáticas previstas por el IDEAM.
La decisión quedó establecida mediante el Decreto 429 del 20 de agosto de 2026, expedido por la Administración Municipal, luego de que el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres analizara el pronóstico climático y recomendara de manera unánime adoptar medidas preventivas, correctivas y sancionatorias.
El decreto señala que la declaratoria busca prevenir situaciones relacionadas con desabastecimiento de agua, disminución de fuentes hídricas, incendios de cobertura vegetal y otros eventos asociados a las condiciones climáticas.
Prohibiciones durante la Alerta Naranja
Una de las principales medidas establece la prohibición temporal, mientras permanezca vigente la declaratoria, de utilizar artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos que se eleven con aire caliente por fuego en su base, así como de realizar otras actividades que puedan generar un alto riesgo de incendios de cobertura vegetal.
El decreto también establece restricciones en zonas ambientales. En ese sentido, se prohíbe temporalmente el acceso a los Parques de Reserva Natural Municipal Pan de Azúcar, La Rusia y La Zarza y se restringen actividades turísticas o ecoturísticas en zonas de reserva o de interés hídrico cuando representen riesgos para los ecosistemas. Además, el documento recuerda que las actividades de caza y pesca están prohibidas en estas áreas de reserva ambiental.
Otra de las medidas está relacionada directamente con el consumo de agua. El Decreto 429 prohíbe temporalmente el uso de agua potable para actividades como “el lavado con mangueras de vehículos y automotores, sobre vías públicas; el riego de jardines, zonas verdes o lavado de fachadas y/o andenes”.
También queda prohibido introducir en aguas, nacimientos o cauces naturales elementos como mangueras, tuberías o motobombas que puedan alterar o disminuir su cauce normal.
El documento advierte que el incumplimiento de las prohibiciones establecidas en los artículos décimo primero y décimo segundo podrá generar la aplicación de medidas contempladas en la Ley 1333 de 2009 y la Ley 1801 de 2016.
Para las conductas relacionadas con el uso de pólvora, fuegos artificiales y globos, el decreto contempla, entre otras medidas, multa general tipo 4, destrucción del bien y suspensión temporal de la actividad, de acuerdo con la regulación citada.
En el caso de comportamientos contrarios a la preservación del agua, se contemplan medidas como multa general tipo 4, además de las acciones preventivas y sancionatorias previstas en la legislación ambiental.
El decreto precisa además que estas medidas se aplicarán “sin perjuicio de incurrir en las conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000”.
Llamado a la ciudadanía
La Administración Municipal hizo un llamado a los habitantes de Duitama para acatar las recomendaciones de las autoridades y organismos de socorro, con el propósito de prevenir incendios forestales, desabastecimiento de agua y afectaciones por heladas.
El Decreto 429 también ordena fortalecer las acciones de prevención, monitoreo y comunicación a la comunidad, así como mantener en alistamiento a las entidades que integran el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres.
La medida se adopta, según el documento, como respuesta a las condiciones climáticas actuales y a los pronósticos del IDEAM, con el objetivo de reducir los riesgos y proteger la vida, los recursos naturales y el patrimonio de los habitantes de Duitama.




