Reforma laboral: qué dice sobre la cotización por tiempo parcial y el pago de seguridad social
Con la Ley 2466 de 2025 se introdujo un cambio en materia de cotización al Sistema de Seguridad Social Integral por tiempo parcial para quienes trabajan por periodos inferiores a un mes o por días.

Contrato con la reforma laboral, imagen de referencia. Foto: Getty Images

El gobierno electo de Abelardo de la Espriella reabrió un debate decisivo en el ámbito laboral: la viabilidad de implementar la cotización por horas.
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El debate se intensificó después de las recientes declaraciones de Charles Chapman, coordinador del sector trabajo, quien sostuvo que la reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro dejó abierta la puerta de esta modalidad a través de dos de sus artículos.
El Gobierno actual desmintió esta afirmación, subrayando que la reforma aprobada solo permite la opción de cotización por tiempo parcial para aquellos empleados que no laboran los 30 días del mes o cuyos ingresos exceden el salario mínimo.
“Los artículos 34 y 61 de la reforma laboral, creo que es todo lo contrario. Deja clarísima la posibilidad de la cotización por tiempo parcial; tiempo parcial entiéndase por día para trabajadores que no alcancen a trabajar 30 días o que no alcancen a tener ingresos que sean superiores al salario mínimo. En ningún momento se ha hablado de cotización por horas", señaló la la viceministra de Trabajo, Sandra Milena Muñoz.
Según advirtió, cualquier esfuerzo por interpretar los artículos mencionados para fijar una cotización por horas sería “exceso de potestad reglamentaria” y un “contrabando”.
¿Qué dice sobre la cotización por tiempo parcial y el pago de seguridad social?
Con la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), se introdujo un cambio en materia de cotización al Sistema de Seguridad Social Integral por tiempo parcial para quienes trabajan por periodos inferiores a un mes o por días.
La ley dispone que los aportes se harán conforme a la reglamentación vigente o a la que expida el Gobierno Nacional para trabajadores vinculados por días o períodos inferiores a un mes,
Este beneficio está dirigido a un grupo específico de trabajadores y empleadores: micropymes, empleados de servicio doméstico y trabajadores independientes. Para estos empleados, la ley especifica que se podrán realizar cotizaciones proporcionales de acuerdo con sus ingresos mensuales, incluso cuando sean inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
Microempresas y hogares
El artículo 34 de la ley establece que las pequeñas empresas y los hogares podrán realizar los pagos en tiempo parcial, los cuales deberán convertirse en semanas cotizadas a finalizar cada mes.
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El Gobierno nacional dará prioridad y protegerá a los sectores de la hotelería, la restauración, los bares, la agricultura, el turismo, el transporte, así como a las droguerías y farmacias.
Además, estipula que “en ningún caso se utilizará la cotización a tiempo parcial cuando el desarrollo de actividades laborales corresponda a contratación laboral a tiempo completo”.
El Gobierno estableció un plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, un programa de incentivos para facilitar el acceso a créditos para las microempresas que demuestren haber realizado aportes a la seguridad social de sus empleados durante un periodo superior a seis meses.
Un aspecto que conviene destacar es que este tipo de cotización no modificará la calificación que cada uno de ellos posea en el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBÉN), ni será incompatible con beneficios o subsidios de programas sociales.
¿Qué pasa con un trabajador dependiente que trabaja menos de 30 días?
Si trabaja menos de 30 días porque ingresó o terminó el contrato durante el mes:
- El empleador continúa cotizando normalmente por los días efectivamente vinculados. Esto no significa automáticamente que aplique el nuevo esquema de cotización por tiempo parcial.
Si tiene un contrato permanente de tiempo parcial (por días o por semanas):
- Si cumple los requisitos del nuevo esquema, podrá realizarse la cotización por semanas o períodos inferiores al mes.

Maria José Castro
Comunicadora Social - Periodista con experiencia en investigación, periodismo digital y optimización...




