La JEP expulsa al teniente coronel (r) del Ejército, José Pastor Ruíz Mahecha
Por incumplir grave e injustificadamente el régimen de condicionalidad, la JEP expulsa al teniente coronel (r) del Ejército José Pastor Ruiz Mahecha del Sistema Integral para la Paz

La JEP expulsa al teniente coronel (r) del Ejército, José Pastor Ruíz Mahecha

Bogotá
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz concluyó que el teniente coronel (r) del Ejército José Pastor Ruiz Mahecha no realizó aportes efectivos al esclarecimiento de la verdad, desconoció reiteradamente la verdad judicial establecida en sentencias condenatorias ejecutoriadas e incumplió los compromisos asumidos ante la justicia transicional y por eso tomó la decisión de expulsarlo de la Jurisdicción Especial para la Paz y devolver sus procesos a la justicia ordinaria.
Como consecuencia de esta expulsión, el proceso adversarial en contra coronel (r) del Ejército José Pastor Ruiz Mahecha será remitido a la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación para que continúe la investigación por los presuntos delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, tipificados como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.
Asimismo, un segundo proceso retornará al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia (Caquetá) para que continúe la etapa de juzgamiento.
El coronel (r) del Ejército José Pastor Ruiz Mahechaestaba vinculado a dos macroinvestigaciones: Al caso 03 de falsos positivos y del caso 08 que investiga crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, agentes del Estado en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles en el marco del conflicto armado.
La expulsión se produjo tras el trámite de un incidente de verificación del Régimen de Condicionalidad abierto en marzo de 2026, a solicitud del apoderado de las víctimas y del Ministerio Público, para evaluar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el compareciente. Una vez agotadas las etapas probatorias y de alegatos, la Unidad de Investigación y Acusación que es la Fiscalía de la JEP, solicitó declarar el incumplimiento al considerar que el compareciente no realizó aportes verídicos, genuinos y efectivos al esclarecimiento de la verdad.
Al momento de someterse a la JEP, Ruiz Mahecha ya contaba con tres sentencias condenatorias ejecutoriadas proferidas por la justicia penal ordinaria por los delitos de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir, relacionados con hechos ocurridos el 22 de junio y el 26 de octubre de 2002, en los que murieron 20 personas, así como por tráfico, fabricación o porte de armas de fuego.
Estas conductas evidencian una falta de compromiso con los fines del Sistema Integral para la Paz y afectan de manera directa los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
Con esta decisión, la Jurisdicción Especial para la Paz completa 119 expulsiones por incumplimiento de las obligaciones adquiridas ante el Sistema Integral para la Paz. De ellas, 80 corresponden a exintegrantes de las Farc.
Cristina Navarro
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