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Elecciones presidenciales: ley seca en Manizales iniciará el sábado 30 de mayo a las 6:00 p. m.

Igualmente, habrá restricciones de movilidad, venta de combustibles, así como el porte de armas y publicidad electoral.

Ley seca

Ley seca

Ley seca

Manizales

Así está estipulado en el Decreto 0175 de 2026, en el que describen las restricciones que se aplicarán en el proceso de las elecciones presidenciales. El primero es la ley seca que regirá desde el sábado 30 de mayo a las 6 de la tarde hasta las 12:00 p. m. del lunes 1 de junio. Igualmente, se prohíbe la circulación de vehículos que transporten escombros, desechos o similares, mudanzas o piedras en zonas de acceso público desde el sábado 6 p. m. hasta el lunes a las 12 del mediodía.

Así mismo, se prohíbe la venta de gasolina y ACPM en pimpinas, canecas, pomas, botellas u otro tipo de recipientes en dicho horario. De igual manera, no está permitido dentro del puesto de votación el uso de celulares y cámaras el domingo 31 de mayo de 8 a. m. a 4 p. m., excepto los medios de comunicación debidamente identificados.

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Se restringe el porte de armas contundentes, semicontundentes, cortopunzantes, traumáticas o explosivos en mencionado horario. Por último, se impide el uso, porte y transporte para fines partidistas o de campaña de todo tipo de elementos generadores o reproductores de sonidos como parlantes, megáfonos o pitos desde las 12 de la noche del domingo hasta las 11:59 p. m. de esa misma jornada electoral.

“Cada uno de los colegios se entregarán a la registraduría el viernes 29 de mayo, ellos los visitaron y revisaron, al igual, la policía metropolitana, las secretarías de Educación y del Interior trabajan revisando cada uno de los pasos en la registraduría y esperamos que todo salga bien y no tenemos indicios de problemas de orden público en la ciudad”, manifiesta el alcalde de Manizales, Jorge Eduardo Rojas.

Para este día hay excepciones en la circulación de vehículos, solo aplica para:

  • Servicios de salud.
  • Transporte de oxígeno y gases medicinales.
  • Actividades de las fuerzas militares.
  • Policía Nacional.
  • Organismos de seguridad.
  • Fiscalía General de la Nación.
  • Contraloría General de la República.
  • Ministerio público.
  • Organismos de socorro.
  • Labores que garanticen la operación, mantenimiento y abastecimiento de servicios públicos de acueducto, energía eléctrica, alumbrado público, aseo, internet y telefonía.
  • Medios de comunicación hablados y escritos.

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