Elecciones 2026: así funciona el descanso compensatorio remunerado por votar en las presidenciales
Le contamos lo que debe saber de los beneficios y del descanso remunerado que puede recibir por ejercer su derecho al voto.

Elecciones 2026: así funciona el descanso compensatorio remunerado por votar en las presidenciales

En Colombia, votar es un derecho y aunque no es obligatorio si da unos beneficios para quienes lo ejerzan. Aquí le contamos lo que debe saber sobre el descanso compensatorio remunerado.
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Este beneficio se aplica de forma diferente tanto para quiénes ejercen como jurados de votación como para quiénes son trabajadores.
Descanso para jurados de votación en las elecciones 2026:
Para quienes son trabajadores y deben ejercer como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que debe ser otorgado dentro de un plazo de cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la jornada electoral.
Esto cubre tanto a trabajadores del sector público como del privado. Es decir, el reconocimiento del descanso no depende del tipo de empleador, sino de la participación efectiva del trabajador como jurado de votación durante la jornada electoral.
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Descanso para trabajadores que voten en las elecciones 2026:
En general, los trabajadores que ejerzan su derecho al voto podrán disfrutar de media jornada de descanso compensatorio remunerado, como estímulo previsto en el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, que establece beneficios para los sufragantes.
A diferencia del día completo que corresponde a los jurados de votación, el descanso por votar es de media jornada. Además, debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la votación.
En la página de la Registraduría se pueden encontrar el siguiente apartado: “Según el Artículo 3º de la ley 403 de 1997 el ciudadano que ejerza su derecho al voto tendrá medio día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo treinta (30) días después a la fecha de la elección.”
Otros beneficios que otorga el certificado electoral:
- Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
- Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
- Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
- Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
- Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
- Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.
Además, hay algunos sitios de comercio que ofrecen unos beneficios adicionales en sus servicios a quienes hayan ejercido el derecho al voto.
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Marylin León
Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio...




