Tribunal ordena a Consejería de Paz entregar planes de trabajo y compromisos de gestores ex-AUC
La decisión que tomó el magistrado Felipe Alirio Olarte estipula que la información deberá ser entregada en un termino de 5 días.

AME1118. BOGOTÁ (COLOMBIA), 13/11/2024.- Fotografía de archivo del 77 de julio de 2024 del exjefe de las paramilitares Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Salvatore Mancuso, durante una rueda de prensa en Bogotá (Colombia). La Corte Suprema de Justicia de Colombia denegó este miércoles la libertad del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien había salido de prisión en julio pasado por orden de un juez, al considerar que al ser nombrado gestor de paz por el Gobierno se buscaba otorgarle un "beneficio ilimitado" de libertad. EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda ARCHIVO / Mauricio Dueñas Castañeda (EFE)

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de un recurso de insistencia presentado por Caracol Radio y ordenó que, en un término de cinco días, se dé respuesta a varios interrogantes relacionados con el nombramiento de 16 exmiembros de las AUC como gestores de paz.
La decisión se da en el marco de la resolución 327 del 21 de septiembre de 2025, mediante la cual el Gobierno nacional designó como gestores a exintegrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), entre ellos Salvatore Mancuso; Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”; Diego Fernando Murillo Bejarano, alias “Don Berna”; Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias “Macaco”; Héctor José Buitrago y Fredy Rendón Herrera, alias “El Alemán”.
Pese a que han transcurrido siete meses desde la expedición del acto administrativo, no se conocen avances significativos del proceso, más allá de un evento con víctimas del conflicto realizado en Valledupar a finales de 2025.
En respuesta a un derecho de petición elevado el 1 de octubre de 2025, la Consejería de Paz aseguró que toda la información solicitada tenía “carácter de reserva”. Sin embargo, el Tribunal concluyó que parte de esos datos deben ser entregados.
En la sentencia, la Sala precisó: “la información requerida (…) no cuenta con calidad de reserva legal que evite compartirla”. Además, señaló que “se declara mal denegada la solicitud de información” y ordenó a la oficina del Consejero Comisionado de Paz entregar los planes de trabajo, las actas de compromiso suscritas con los gestores y el seguimiento a las reuniones del comité técnico, con acompañamiento del Ministerio del Interior.
El fallo también establece que la información deberá ser entregada “suprimiendo los apartes en los cuales se relacionen datos de personas consideradas como víctimas”.

Juan Esteban Quintero
" Comunicador social y periodista con especialización en narrativas digitales, ambos títulos de la Universidad...




