Colpensiones: ¿Qué derechos tienen los trabajadores de servicio doméstico que trabajan por días?
Conozca todo lo que debe saber sobre los derechos que tienen los trabajadores de servicio doméstico en Colombia.

Imagen de referencia- Servicio doméstico. Foto: Getty Images(Thot)

El presidente Gustavo Petro sancionó la reforma laboral, que corresponde a la Ley 311 de 2025 después de que esta superara el trámite legislativo en el Senado y la Cámara de Representantes.
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Esta reforma introduce cambios claves para las personas que trabajan como empleados domésticos, ya que se exige su formalización al garantizar el pago de horas extra y recargos, así como la obligación del contrato escrito.
El contrato que deben tener todos los trabajadores domésticos debe especificar la jornada diaria y semanal, salario pactado, horarios, descansos y condiciones de pago. Además, el empleador tiene la obligación de registrar al trabajador en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), tanto si labora tiempo completo como si lo hace por horas.
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Es por esto, que muchos trabajadores de servicio doméstico que trabajan por días, tienen varias consultas sobre los derechos que tienen, acá le contamos cuáles son esos derechos:
¿Qué derechos tienen los trabajadores de servicio doméstico que trabajan por días?
Los trabajadores del servicio doméstico por días en Colombia tienen derecho a todo lo que tiene que ver con la seguridad social, es decir: salud, Colpensiones, ARL, caja de compensación, y prestaciones sociales como la prima, cesantías y vacaciones que pueden ser proporcionales al tiempo laborado, independientemente del número de días.
Tenga en cuenta que las vacaciones serán de 15 días hábiles remunerados por año de trabajo o el proporcional, según los días trabajados, por su parte el auxilio de transporte es obligatorio si devenga hasta dos salarios mínimos y sobre la jornada laboral y descanso, estos deberán ser máximo de 8 horas diarias (48 horas semanales, reduciéndose según la nueva reforma laboral a 42 en 2026) y descanso dominical remunerado proporcional.
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¿En qué casos se debe afiliar a un trabajador de servicio doméstico a seguridad social completa?
El Ministerio de Trabajo da a quienes contratan un servicio de empleada doméstica el título de empleadores. Por lo que deben asumir tal condición y cumplir con las obligaciones que le corresponden, como afiliar a su trabajadora a la seguridad social.
La afiliación a la seguridad social, que incluye pensión, Administradora de Riesgos Laborales (ARL), caja de compensación familiar y salud es el derecho de las trabajadoras y trabajadores remunerados del hogar.
Sin embargo, el empleador solo está obligado a afiliarla a seguridad social completa si laboran entre 22 y 30 días al mes, en esos casos deben devengar un salario superior a 1 SMLMV y su jornada laboral de 8 horas diarias.
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Marylin León
Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio...




