Violencia vicaria, custodia y tutela contra el ICBF: el caso de Carolina Jiménez
Una denuncia por presunta violencia intrafamiliar y violencia vicaria, junto con una acción de tutela contra el ICBF, mantienen abierto un proceso judicial que involucra la custodia de dos niñas en Bogotá y el traslado posterior de las menores fuera de la ciudad.


En Caracol Radio, conocimos el testimonio de Carolina Jiménez, una mujer quien pidió visibilizar su caso, donde asegura que es víctima de violencia vicaria, es decir, el uso de los hijos como mecanismo para causar daño emocional a la madre.
El proceso incluye actuaciones ante la Fiscalía y decisiones administrativas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que ya fueron analizadas por un juzgado en primera instancia.
Relación iniciada en la adolescencia
Según la versión entregada por Carolina en entrevista y en documentos judiciales, la relación comenzó en 2011, cuando ella tenía 15 años y su entonces pareja, Jorge Luis Martínez, 28 años. Los dos convivieron durante varios años en un entorno que, de acuerdo con su testimonio, estuvo marcado por consumo de alcohol y estupefacientes, inestabilidad laboral y dependencia económica de parte de Jorge Luis Martínez.
De esa relación y a finales de 2014, Carolina quedó embarazada y los gastos de su gestación los cubrió su suegra, la señora Felicia Movilla Bello, incluyendo el arriendo, servicios y alimentación, entre otros. Los cuales Carolina no pudo hacerse responsable ya que se habría ido a vivir con Jorge Luis a muy corta edad y no pudo culminar sus estudios de bachillerato ni trabajar en estado de embarazo.
Al nacer sus mellizas prematuras que permanecieron un mes en unidad neonatal, el padre de Carolina falleció lo que, según relata, “No sé si fue por el golpe emocional, pero yo no pude lactar a mis hijas (...) me decían que yo quería matarlas por darles leche de fórmula”, afirma Carolina, haciendo referencia a uno de los actos de violencia intrafamiliar.
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El padre de las niñas, en respuesta judicial, ha negado haber ejercido violencia física, psicológica o económica y sostiene que la relación fue voluntaria y que siempre brindó apoyo a sus hijas. Esa versión hace parte del expediente y deberá ser valorada dentro de los procesos en curso.


Separación y disputa por la custodia
En 2021 Carolina se trasladó con sus hijas a una vivienda heredada de su padre. Debido a que el colegio de las niñas estaba en otra localidad, acordó que permanecieran temporalmente con la abuela paterna mientras finalizaban el año escolar.
El conflicto escaló cuando acudió al ICBF para formalizar la custodia y establecer una cuota alimentaria. Según su versión, durante ese trámite su expareja presentó acusaciones de maltrato físico, negligencia y consumo de alcohol. Ella niega esos señalamientos y afirma que fueron una represalia tras la separación.
El padre, por su parte, sostiene que las menores relataron situaciones de riesgo en el entorno materno y que esas declaraciones motivaron las decisiones adoptadas por la autoridad administrativa.
Decisiones del ICBF y proceso administrativo
El caso fue tramitado en el marco de un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD), mecanismo previsto en la Ley 1098 de 2006 para proteger a niños y adolescentes cuando se presume vulneración de sus derechos.
De acuerdo con la respuesta oficial incorporada en el expediente judicial, el ICBF indicó que realizó entrevistas, valoraciones psicológicas y estudios sociofamiliares. Con base en esos conceptos técnicos, adoptó medidas provisionales que ubicaron a las menores en el entorno paterno con apoyo de la abuela.
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La entidad sostuvo que actuó conforme a sus competencias legales y que no evidenció revictimización ni situaciones actuales de riesgo en el entorno paterno al momento del cierre del proceso en octubre de 2025.
Carolina, en contraste, afirma que las entrevistas a las niñas no contaron con el acompañamiento técnico adecuado y que cedió la custodia bajo presión e intimidación. También señala que el régimen de visitas no se habría respetado y que progresivamente perdió contacto con sus hijas.
Traslado de las niñas y acción de tutela
Uno de los puntos más sensibles del caso es el traslado de las menores al departamento de Guainía en noviembre de 2025, hecho que, según Carolina, ocurrió sin su consentimiento y afectó el vínculo materno. El padre sostiene que la decisión fue consensuada y orientada al bienestar de las niñas.
Ante esa situación, Carolina presentó acción de tutela contra el ICBF, alegando vulneración al debido proceso, falta de enfoque de género y afectación del interés superior de las menores.
El Juzgado 43 Administrativo del Circuito de Bogotá admitió la tutela y analizó si la entidad vulneró derechos fundamentales al ubicar a las niñas con el padre y cerrar el proceso administrativo. En su respuesta, el ICBF defendió la legalidad de sus actuaciones y señaló que existen otros mecanismos judiciales para controvertir decisiones de custodia.
Denuncia penal ante la Fiscalía
Paralelamente, Carolina interpuso denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por violencia intrafamiliar y por lo que considera ejercicio arbitrario de la custodia. El proceso penal está en etapa preliminar.
Mientras avanzan la investigación penal y la acción de tutela, faltan pronunciamientos definitivos tanto del padre como de la abuela paterna más allá de lo consignado en el expediente, así como un eventual fallo en firme que clarifique la situación jurídica de las menores.




