Economía

Fechas clave de diciembre 2025 para evitar sanciones de la DIAN en sus pagos tributarios

Una de las preocupaciones habituales en esta época del año es la acumulación de pagos retrasados. Esto es lo que debe saber para evitar sanciones económicas:

Imagen de referencia vía Getty Images

Imagen de referencia vía Getty Images / urbazon

A medida que se acerca el cierre de año fiscal, miles de contribuyentes en Colombia se preparan para cumplir con los trámites tributarios que exige la normativa vigente. Para evitar contratiempos, las autoridades económicas han recordado las fechas claves que los ciudadanos deben revisar para cumplir con las obligaciones antes de terminar el 2025.

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Entre los aspectos más relevantes está la verificación de las obligaciones pendientes con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), así como la correcta actualización del RUT para quienes hayan cambiado de actividad económica o domicilio. También se insiste en revisar los plazos relacionados con el impuesto al patrimonio y las responsabilidades asociadas a ingresos laborales e independientes.

En el caso de la DIAN, la entidad indicó que los vencimientos tributarios correspondientes al mes de diciembre son: retención en la fuente y Gasolina/ACPM.

Retención en la fuente

Según el calendario tributario, entre el 10 y el 23 de diciembre, todos los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar la declaración correspondiente al mes de noviembre de 2025 y pagar las retenciones y autorretenciones practicadas.

Las fechas se asignan de acuerdo con el último dígito del NIT del contribuyente.

  • 10 de diciembre: 1
  • 11 de diciembre: 2
  • 12 de diciembre: 3
  • 15 de diciembre: 4
  • 16 de diciembre: 5
  • 17 de diciembre: 6
  • 18 de diciembre: 7
  • 19 de diciembre: 8
  • 22 de diciembre: 9
  • 23 de diciembre: 0

Gasolina y ACPM

​Además, hasta el 15 de diciembre, los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de noviembre de 2025. Este plazo se aplica independientemente del NIT del contribuyente.

Conviene recordar que estos plazos se fijaron por el Decreto 2229 de 2023. Expertos en materia fiscal señalan que una de las preocupaciones habituales en esta época del año es la acumulación de pagos retrasados, lo cual puede derivar en sanciones económicas. Por ello, recomiendan planificar con anticipación y aprovechar las herramientas digitales que ofrece el Gobierno para hacer consultas, generar formularios y efectuar pagos en línea.

Las entidades han hecho un llamado a los ciudadanos para que verifiquen los cobros locales, como el impuesto predial, la contribución por valorización y la renovación de la matrícula mercantil, especialmente para quienes operan pequeños negocios o tienen actividades comerciales.

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