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Únicas personas que reciben día compensatorio por votar el 26 de octubre: Registraduría aclaró

Este domingo 26 de octubre se realizarán las consultas para definir el candidato presidencial y orden de las listas cerradas de Senado y Cámara de Representantes por el Pacto Histórico

Únicas personas que reciben día compensatorio por votar el 26 de octubre: Registraduría aclaró

Las consultas, según la Registraduría Nacional del Estado Civil, son un mecanismo de participación política, las cuales, mediante el uso de la democracia, le permiten a diferentes partidos, movimientos con personería jurídica y grupos significativos de ciudadanos, convocar a las personas para que aporten en la toma de decisiones internar o elecciones de candidatos, ya sean propios o de coalición, para cargos de elección populares, tales como la presidencia.

Dicha personería jurídica, se trata de un aval que es otorgado por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE), el cual permite fundar, organizar y desarrollar tanto partidos como movimiento políticos. Sin embargo, para obtener este reconocimiento, se debe conseguir más del 3% de los votos en el territorio nacional, esto en elecciones de Cámara de Representantes o Senado, para, posteriormente, realizar la solicitud ante el CNE.

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Pacto Histórico

En Colombia, uno de los partidos políticos que ha tenido inconvenientes con esta personería jurídica, es el Pacto Histórico, una coalición formada para las elecciones presidenciales del año 2022, donde resultó ganador uno de sus integrantes, el actual mandatario Gustavo Petro. Pues bien, ahora, con miras a las elecciones del año 2026, el próximo 26 de octubre de 2025, se realizará la consulta para definir quién será el candidato de esta coalición, entre la exministra Carolina Corcho y el senador Iván Cepeda.

Para esta consulta, podrán participar todos los ciudadanos colombianos mayores de edad que se encuentren habilitados en el censo electoral, sin importar si sus ideales políticos son acordes a los del partido o de los candidatos, pues al ser un proceso abierto, cualquier persona puede hacer parte de esta convocatoria a las urnas.

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¿Hay día de descanso compensatorio por votar?

A raíz de esto, hay una pregunta que se ha vuelto frecuente entre los ciudadanos respecto a las votaciones de esta consulta, pues como se estipula en el Artículo 3º de la ley 403 de 1997, “el ciudadano que ejerza su derecho al voto tendrá medio día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo treinta (30) días después a la fecha de la elección”. Sin embargo, al tratarse de una consulta, no hay mucha claridad en esta información.

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Aclaración de la Registraduría Nacional

Pues bien, debido a la confusión generada, la Registraduría Nacional del Estado Civil, respondió que las consultas que están próximas a realizarse, el 26 de octubre, no son consideradas unas elecciones ordinarias, como lo podrían ser las presidenciales, por tanto, se trata de un ejercicio interno realizado por un partido o movimiento político, y es por esta razón, que aquellos que decidan acudir a las urnas, no recibirán un certificado electoral.

Esto significa, que esta jornada electoral, no otorgará los beneficios que se establecen para unas elecciones ordinarias, es decir, quienes participen de la consulta del Pacto Histórico, no recibirán el medio día libre laboral. A pesar de esto, las personas que acudan como jurados de votación, sí tendrán derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que deberán solicitar en los 45 días siguientes a la jornada.

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