Cotización por días: estas son la reglas para trabajadores con ingresos inferiores al salario mínimo
El Ministerio de Trabajo regalmentó artículo de reforma laboral para que quienes trabajen por días puedan acceder a la seguridad social

Cotización por días: estas son la reglas para trabajadores con ingresos inferiores al salario mínimo / SARINYAPINNGAM
El Ministerio de Trabajo introdujó una nueva modificación al esquema de cotización flexible, tal y como lo dispone el artículo 61 de la reforma laboral, esto mediante la circular 0093 de 2025 que establece los lineamientos para facilitar la formalización laboral en todo el país, que permitirá realizar cotizaciones por días o semanas.
Según la norma, se podrán efectuar aportes a pensión, riesgos laborales y a caja de compensación familiar por períodos inferiores a un mes, para aquellos trabajadores que devengan ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
En materia de salud, este tipo de trabajadores pueden permanecer afiliados en el régimen subsidiado o como beneficiarios del régimen contributivo, especial o exceptuados.
¿Qué se debe hacer para el pago de aportes de tiempo parcial?
Para el pago de aportes de tiempo parcial de los cotizantes dependientes, los aportantes pueden utilizar en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, el tipo de cotizante: “Trabajador de tiempo parcial”, caso en el cual, la plataforma de los operadores de información, de acuerdo con los días reportados en el mes, liquidarán por semanas la cotización a pensiones y a caja de compensación familiar de la siguiente manera:
- 1 semana: Un cuarto de salario mínimo
- 2 semanas: Dos cuartos de un salario mínimo
- 3 semanas: Tres cuartos de un salario mínimo
- 4 semanas: Un salario mínimo
Entre tanto, las entidades administrativas de riesgos laborales, empleadores, operadores de información y cajas de compensación deben adoptar el uso del mecanismo de cotización flexible, mientras el gobierno avanza en la expedición de las debidas reglamentaciones para su implementación.
El pago se debe acordar entre trabajador y empleador, o exigirlo a la hora de ser empleados. Si ello no ocurre, pueden acudir al Ministerio del Trabajo para garantizar que se cumpla esta disposición.



