“Estamos ante un fenómeno que ha impactado al país, un cáncer”: juez del caso de Mikhail Krasnov
A pesar de las dilaciones la fiscalía hizo la imputación de cargos y la solicitud de medida de aseguramiento

La Audiencia de Imputación de Cargos se realizó de manera virtual.
Tunja
El Juez Segundo Penal Municipal con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento no privativa de la libertad, pero sí restrictiva para salir del país, obligación de presentarse ante las autoridades que lo requieran y prohibición de comunicarse con un exfuncionario de la alcaldía que ahora es testigo de la fiscalía contra el alcalde Mikhail Krasnov.
La fiscalía imputó al alcalde los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y amenazas a testigos. Su secretaria de Contratación, Luz Mila Acevedo Galán y su compañera permanente, quien fue gestora social, Sara Catalina Pedraza, también fueron imputadas.
El juez reprochó las actuaciones de los servidores públicos.
“En el presente caso, estamos frente a un fenómeno que ha impactado el país, un fenómeno que se ha denominado un cáncer. La corrupción administrativa”.
Aseguró que las actuaciones del alcalde, la secretaria de Contratación y la exgestora social afectaron la confianza de los ciudadanos.
“La modalidad que se utilizó, vulnera la confianza depositada en la autoridad, era usar de su condición en concurso de varias personas, como la directora de Contratación, la gestora social, utilizando la estructura de la Administración del Estado, esto es la estructura del municipio, porque no solamente fue el municipio de Tunja, sino una entidad creada con personería jurídica propia como, Ecovivienda que preside el señor Krasnov, se trató de dos conductas”.
El Juez Segundo Penal Municipal con función de control de garantías advirtió que los tres procesados se pusieron de acuerdo para darle un contrato a un abogado con el objetivo de que retirara una demanda de nulidad que había presentado contra el alcalde de Tunja en el Tribunal Administrativo de Boyacá.
“Influyeron en el abogado Juan Sebastián Ramírez García. El acuerdo fue consciente, voluntario para el retiro de la demanda y la suscripción de esos convenios administrativos. Para la imposición de las medidas de aseguramiento, no bastan la gravedad de las conductas, pero sí resulta evidente la afectación a los bienes jurídicos, la administración pública, cuyas actuaciones son regladas, si bien existe discrecionalidad administrativa, las actuaciones son regladas y el bien jurídico a la eficaz y recta impartición de justicia al influir y amenazar a un testigo. Entonces fueron varias las secciones varias, las conductas que adecuó típicamente la Fiscalía en su imputación”.
Teniendo en cuenta que ninguno de los tres procesados aceptó los cargos, ahora empezará la etapa de juicio.



