Economía

Saldo a favor en declaración de renta 2025: Requisitos y lugar en el que se radica la solicitud

El saldo a favor lo pueden reclamar los colombianos un día después de declarar renta.

Ahorrar dinero en la Declaración de Renta 2025 es posible: DIAN reveló documento clave/ Getty Images

Ahorrar dinero en la Declaración de Renta 2025 es posible: DIAN reveló documento clave/ Getty Images

En el país, los colombianos pueden solicitar el saldo a favor de la declaración de renta 2025 que se genera a partir de las retenciones o autorretenciones en la fuente. No obstante, este proceso se hace tras haber cumplido con el proceso de declarar. Esto significa que se puede presentar la solicitud de la devolución justo al día siguiente de declarar.

Este beneficio es relevante para los colombianos debido a que es dinero que pueden usar. No obstante, para que un ciudadano reciba este dinero tendrá que esperar entre 15 y 20 días, pues es el tiempo en el que la Dian tarda en aprobar la solicitud para entregar el dinero. En algunos casos, el plazo máximo que la entidad puede demorarse son 50 días.

Por otra parte, los colombianos deben tener claro que el saldo a favor pueden reclamarlo en un término de 2 años, pasado este tiempo pierden el beneficio.

Leer más: Declaración de renta 2025: Fechas calendario tributario para personas naturales y a quiénes aplica

¿En dónde se debe radicar la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales explicó que los colombianos que tienen saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios pueden hacer el trámite de manera digital o presencial.

Los colombianos que quieran realizar el proceso de forma virtual deberán contar con firma electrónica y podrán radicar la solicitud por medio del Servicio Informático de Devoluciones. Así las cosas, el sistema se encargará de hacer la asignación a la seccional competente de forma automática.

Mientras tanto, los ciudadanos que no tengan firma electrónica tendrán que hacer el proceso presencial. Este se puede hacer radicando la solicitud directamente en la Dirección Seccional en donde cada persona presenta la declaración tributaria inicial.

¿Cuáles son los requisitos para radicar la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios?

De acuerdo a la Dian, los requisitos generales para que la solicitud de devolución o compensación sea aprobada son:

  • La solicitud de devolución o compensación deberá presentarse personalmente por el contribuyente, responsable, por su representante legal, o a través de apoderado, acreditando la calidad correspondiente en cada caso.
  • La solicitud deberá presentarse debidamente diligenciada (formatos que apliquen según la Resolución No.151 de 2012) en la forma que determine la DIAN, la cual deberá acompañarse de los siguientes documentos físicos o virtuales:
  • El certificado de existencia y representación legal debe estar actualizado. La DIAN verificará la información registrada a través del Registro Único Empresarial (RUE). En caso de que las declaraciones objeto de la solicitud se encuentren firmadas por un representante legal o revisor fiscal diferente al que actualmente se encuentra registrado en la Cámara de Comercio, deberás anexar certificado histórico.
  • Copia del poder otorgado en debida forma cuando se actúe mediante apoderado
  • Garantía a favor de la Nación (DIAN), otorgada por entidades bancarias o compañías de seguros, cuando el solicitante se acoja a la opción contemplada en el artículo 860 del Estatuto Tributario. Recuerde que es opcional.
  • Si opta por la garantía anexar la copia del recibo de pago de la prima correspondiente a la póliza otorgada por entidades bancarias o compañías de seguros.
  • Tener el Registro Único Tributario (RUT), formalizado y actualizado ante la DIAN y no haber sido objeto de suspensión ni cancelación, desde el momento de la radicación de la solicitud en debida forma hasta cuando se profiera el acto administrativo correspondiente que defina dicha solicitud. Esta misma condición se exige a los representantes legales y apoderados. 
  • La dirección que se informe en la solicitud de devolución o compensación deberá corresponder con la informada en el (RUT). 
  • Certificación de la cuenta bancaria que la fecha de expedición no sea superior a un (1) mes expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia

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