Barranquilla

Gobierno insiste en cobro de valorización: “las obras se quedarán en el Caribe”, dice Mintransporte

Según el ministerio, el recaudo por valorización financiará obras viales y de transporte en la zona de influencia, según los planes de desarrollo nacional, departamental y municipal.

Vía al Mar entre Barranquilla y Cartagena./ Foto: ANI Colombia

Vía al Mar entre Barranquilla y Cartagena./ Foto: ANI Colombia

El Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Vías (Invías) confirmaron que los recursos recaudados por valorización en el proyecto Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de La Prosperidad serán reinvertidos exclusivamente en obras de infraestructura vial y de transporte en la región Caribe.

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De los 248.654 predios en la zona de influencia, solo el 56,69% (140.966) serán gravados. Estarán exentos los predios habitacionales en estratos 1, 2 y 3 (salvo multipropietarios), unidades agrícolas familiares, predios sin capacidad de pago, y beneficiarios del SISBÉN A1-A15 y B1-B7. También se excluyen bienes de uso público, zonas de riesgo, iglesias y otros, según la Ley 1819 de 2016.

¿Cuánto es el recaudo estimado?

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Aunque el monto distribuible del proyecto es de $2,3 billones, el recaudo esperado es de $1,2 billones, ya que el Gobierno Nacional asumirá la diferencia. Este será un pago único, no un impuesto recurrente, y se destinará exclusivamente a infraestructura regional.

Impacto de la vía y audiencias públicas

Según la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, la obra ha incrementado en 35% los viajes entre Barranquilla y Cartagena, movilizando a más de 1.5 millones de turistas anualmente. El cronograma de audiencias públicas se divulgará próximamente en los diez municipios de influencia: Barranquilla, Cartagena, Soledad, Malambo, Galapa, Juan de Acosta, Tubará, Piojó, Puerto Colombia y Santa Catalina.

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A pesar de la Sentencia C-244 de 2025 que declaró inconstitucional un artículo que ampliaba el plazo de la contribución, el Invías continuará con el proceso basado en el artículo 249 de la Ley 1819 de 2016, que sigue vigente.

“Solo deben pagar quienes tienen capacidad de pago”, recalcó el director encargado del Invías, Jhon Jairo González.

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