Economía

Si usted gana menos de $3.274.050 pesos en 2025 así tendrán que cotizar a pensión: Reforma explicada

Las personas que ganen menos de este monto tendrán que cotizar en un pilar específico.

Si usted gana menos de $3.274.050 pesos en 2025 así tendrán que cotizar a pensión: Reforma explicada

Si usted gana menos de $3.274.050 pesos en 2025 así tendrán que cotizar a pensión: Reforma explicada

A partir del 1 de julio de 2025, el sistema de Pensiones en Colombia experimentará una transformación fundamental con la entrada en vigor de la Ley de Reforma Pensional (Ley 2060 de 2024, aprobada por el Congreso de la República)

 Esta nueva normativa introduce cambios sustanciales en la forma en que millones de trabajadores colombianos cotizarán para su futura pensión, especialmente aquellos con ingresos más bajos.

¿Cómo cambia la cotización a pensión si gano menos de 2.3 salarios mínimos?

La principal novedad para un segmento significativo de la población trabajadora es la obligatoriedad de cotizar hasta un umbral específico de sus ingresos directamente a Colpensiones. La nueva ley establece que todo afiliado deberá cotizar de forma obligatoria en Colpensiones por el ingreso base de cotización (IBC) que sea igual o inferior a 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).

Para el año 2025, el salario mínimo en Colombia es de $1.423.500 pesos, para calcular cuántos son 2.3 salarios mínimos, simplemente multiplique esa cifra por 2.3.

Si hacemos esos cálculos podemos decir entonces que 2.3 salarios mínimos serían $3.274.050 pesos. Lo que significa que, si usted gana esta cantidad o menos, la totalidad de su cotización obligatoria a pensión deberá dirigirse a Colpensiones.

Bajo este nuevo esquema, Colpensiones asumirá un rol central en la administración de las cotizaciones básicas de la mayoría de los trabajadores. La entidad será la responsable de gestionar los aportes obligatorios de aquellos cuyos ingresos se encuentren por debajo del umbral de 2.3 SMLMV.

Según lo dicho en distintas ocasiones por el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, la entidad ya ha estado preparando su infraestructura para asumir este desafío y ha comunicado la importancia de esta ley para la sostenibilidad del sistema pensional.

¿Qué pasa con los Fondos Privados ?

Las antes llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), ahora pasaron a llamarse Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI). Estas seguirán siendo parte fundamental del sistema general de pensiones. Sin embargo, su rol cambiará en cuanto a la cotización obligatoria.

Para aquellos afiliados cuyo ingreso base de cotización supere los 2.3 SMLMV, la nueva ley establece que la cotización obligatoria se dividirá:

  • Hasta 2.3 SMLMV: La cotización será obligatoria y se realizará al Componente Complementario de Beneficio Definido en Colpensiones.
  • El excedente (lo que gane por encima de 2.3 SMLMV): La cotización se realizará al Componente de Ahorro Individual Voluntario, que será administrado por las ACCAI

Esto significa que los fondos privados se enfocarán más en la administración del ahorro adicional y voluntario de los afiliados, permitiendo a los trabajadores que ganan más del umbral una mayor flexibilidad en la gestión de sus excedentes pensionales.

Recuerde que estos cambios ocurrirán después del 1 de julio de este año 2025. Según lo aprobado por el Congreso y sancionado por la Presidencia de la República, las normas tendrán que ser cumplidas por todos los actores involucrados. Por su parte, el Ministerio de Trabajo estará a cargo de revisar el estricto cumplimiento de la nueva normatividad.

Así mismo, es necesario entender que en la Corte Constitucional hay algunas demandas en contra de la Ley, lo que podría significar (en caso de que sean aprobadas) que la reforma pensional podría tener cambios importantes en su funcionamiento, los cuales de momento son desconocidos.

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