Tunja

Plinio Olano: de la acusación a la absolución en el caso de Odebrecht

Después de ocho años de ser acusado, la Corte Suprema de Justicia lo absolvió

Plinio Olano fue absuelto de las acusaciones en el caso de Odebrecht. Foto | Archivo

Plinio Olano fue absuelto de las acusaciones en el caso de Odebrecht. Foto | Archivo (Colprensa)

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Durante varios años, el exsenador boyacense Plinio Olano, estuvo bajo investigación por presunta participación en esa red de sobornos de la multinacional brasileña Odebrecht que operó en varios países, incluyendo Colombia, con el objetivo de obtener contratos de infraestructura de forma ilegal. Después de un largo proceso judicial, la Corte Suprema de Justicia confirmó en segunda instancia la absolución de Olano, al considerar que no había pruebas suficientes para condenarlo por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio y tráfico de influencias.

La investigación contra Olano comenzó en el 2017, a partir de la declaración del exviceministro de Transporte, Gabriel García Morales, quien reconoció haber recibido sobornos por parte de Odebrecht. A raíz de esa confesión, la Fiscalía compulsó copias a la Corte Suprema, señalando al exsenador como uno de los posibles intermediarios entre la multinacional y altos funcionarios colombianos.

En concreto, se le acusó de haber hecho parte de una organización criminal creada para favorecer a Odebrecht en la adjudicación de contratos de obra pública, como la Ruta del Sol II y otros proyectos, a cambio de dádivas. También se le relacionó con gestiones supuestamente indebidas ante la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y autoridades del departamento de Boyacá, con el fin de influir en licitaciones que favorecieran a la empresa brasileña.

Sin embargo, durante el juicio, los testimonios y documentos presentados no permitieron establecer con certeza la responsabilidad penal de Olano. Uno de los principales testigos en su contra fue Federico Gaviria, un intermediario que colaboró con la justicia bajo un principio de oportunidad. Según la defensa, sus declaraciones carecieron de soporte probatorio y se dieron en el marco de un acuerdo para obtener beneficios judiciales, lo que restaba credibilidad a sus afirmaciones.

Otro de los puntos de la acusación fue la supuesta gestión de Olano para lograr una invitación directa a Odebrecht por parte de la ANI, con el fin de construir el tramo Ocaña-Gamarra de la Ruta del Sol. Sin embargo, la propia Agencia Nacional de Infraestructura certificó que esa invitación no existió, y el entonces director de la entidad, Luis Fernando Andrade, señaló que no era necesaria dicha invitación para el proceso, lo cual fue tenido en cuenta por la Corte.

En cuanto a otros proyectos, como la construcción de la vía Duitama-Charalá-San Gil y la adecuación de la planta de tratamiento de aguas residuales de El Salitre en Bogotá, los funcionarios responsables negaron haber recibido presiones o influencias de Olano. En el caso de la planta, se demostró que la selección del contratista estuvo a cargo de una firma consultora basada en criterios técnicos definidos por el Banco Mundial, y no por autoridades locales o regionales.

En segunda instancia, la Corte Suprema examinó nuevamente el expediente y concluyó que, aunque hubo sospechas e indicios al inicio de la investigación, el material probatorio recaudado durante el juicio no era suficiente para dictar una condena. La Sala Penal indicó que, para condenar, se requiere certeza sobre la comisión del delito y la responsabilidad del acusado, lo cual no se logró probar en este caso.

Con esta decisión, la Corte dejó en firme la sentencia absolutoria emitida en primera instancia. Así, el exsenador Plinio Olano fue absuelto de toda responsabilidad penal en relación con el caso Odebrecht en Colombia. La Corte reiteró que la duda razonable, en un sistema garantista, debe resolverse a favor del procesado, tal como lo establece el principio de presunción de inocencia.

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