Tribunal Superior de Cartagena confirmó el desalojo de Café del Mar

Los magistrados definieron que no hay ninguna prueba que indique que el procedimiento fue ilegal o que hubo vulneración de derechos.

Colprensa

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Cartagena

El pasado 2 de septiembre la Alcaldía Mayor de Cartagena, cumpliendo una orden del Consejo de Estado, restituyó el espacio público ocupado por el restaurante Café del Mar en el baluarte Santo Domingo, en las murallas de Cartagena; sin embargo, el conocido restaurante instauró una acción popular para desestimar el desalojo, realizado por la Gerencia de Espacio Público (GEPM) y la Policía Nacional.

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La tutela, radicada el 5 de septiembre por Jairo Morad Pérez y Óscar Fernando Arias Charry como representantes de la Sociedad Café del Mar S.A.S., acusaba sobre la presunta vulneración de derechos fundamentales en el operativo de desalojo, tales como al debido proceso, el derecho a la defensa y el acceso a la administración de justicia.

Morad Pérez, administrador del restaurante, describió en la tutela que el procedimiento fue indebido, pues argumentó que la Policía Nacional y la GEPM infringieron los derechos que derivados del contrato de arrendamiento que tenía el establecimiento al continuar con el operativo e incautar el mobiliario que necesita Café del Mar para funcionar.

Por ende, en cuanto a pretensiones, Café del Mar solicitó que se tutelen sus derechos fundamentales al ordenarse al Distrito y a la Policía Nacional la restitución de los bienes muebles incautados, los cuales debían ser devueltos al sitio del que fueron retirados en un término no superior a 24 horas si la tutela era declarada procedente.

Por otro lado, buscaban en su tutela que la diligencia y las medidas correctivas quedaran sin efecto; y se le ordene al Distrito y a la Policía no realizar nuevas diligencias de verificación de ocupación del espacio público en el baluarte Santo Domingo, donde operaba Café del Mar.

No obstante, en fallo del 17 de septiembre, el Juzgado Penal 8 del Circuito de Cartagena declaró como improcedente la tutela, al definir que no hay ninguna prueba que indique que el procedimiento fue ilegal o que hubo vulneración de derechos.

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Sin embargo, Café del Mar impugnó esa decisión de primera instancia, lo que obligó a su revisión por parte de la sala penal del Tribunal Superior Judicial de Cartagena para que se definiera la situación en segunda instancia.

Los magistrados revisaron todo el proceso jurídico, las pruebas allegadas por el Distrito y la legalidad de los aprovechamientos económicos en Bienes de Interés Cultural de la Nación, y confirmó la decisión del Juzgado, declarando como improcedente la tutela de Café del Mar, al definir que no hay ninguna prueba que indique que el procedimiento fue ilegal o que hubo vulneración de derechos.

Contra esta decisión de segunda instancia no proceden recursos y que, una vez quede ejecutoriada, será remitida a la Corte Constitucional, para su eventual revisión. Así las cosas, se confirma la legalidad del desalojo de Café del Mar y se quedan sin herramientas jurídicas para revertir la recuperación del espacio público.

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