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Así será el pico y placa en Pereira: carros y motos con restricción 28 al 1 de noviembre

Consulte las restricciones de movilidad que habrá en la capital de Risaralda esta semana para que se programe.

Vía en Pereira y a lado una Policía de Tránsito (Fotos vía Getty Images y foto tomada del sitio oficial de Giness World Records)

Vía en Pereira y a lado una Policía de Tránsito (Fotos vía Getty Images y foto tomada del sitio oficial de Giness World Records)

Algunas ciudades de Colombia han implementado el pico y placa, que es una medida para la restricción de tránsito de algunos vehículos automotores, con el fin de mejorar la movilidad, evitar la congestión vehicular en las horas más transitadas, o llamadas ‘horas pico’, e incentivar el uso de transportes alternativos y disminuir la contaminación del ambiente.

En ese sentido, el incumplimiento a esta restricción puede generarle sanciones pedagógicas, económicas y hasta la inmovilización del vehículo. Teniendo en cuenta que las administraciones locales son las que definen la implementación y condiciones del pico y placa, acá le contaremos cómo funcionará el pico y placa en Pereira durante la semana del 28 de octubre y el 1 de noviembre del 2024:

Así regirá el pico y placa esta semana en Pereira

Según el Decreto número 000540 del 26 de febrero del 2024, por el cual se establecieron las restricciones de movilidad en la ciudad de Pereira, acá le dejamos los vehículos que no podrán transitar por cada uno de los días de la semana entre el 28 de octubre y el 1 de noviembre en el territorio pereirano, para evitar la imposición de una multa.

Tenga en cuenta que esta restricción aplica para vehículos particulares en el horario desde las 6:00 a.m., hasta las a 8:00 p.m.:

  • Lunes 28: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 0 y 1.
  • Martes 29: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 2 y 3.
  • Miércoles 30: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 4 y 5.
  • Jueves 31: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 6 y 7.
  • Viernes 1: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 8 y 9.

Además, en el mismo horario, tendrán restricción las siguientes motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos:

  • Lunes 28: no pueden circular los vehículos en los que los números 0 y 1 son el primer dígito de la placa.
  • Martes 29: no pueden circular los vehículos en los que los números 2 y 3 son el primer dígito de la placa.
  • Miércoles 30: no pueden circular los vehículos en los que los números 4 y 5 son el primer dígito de la placa.
  • Jueves 31: no pueden circular los vehículos en los que los números 6 y 7 son el primer dígito de la placa.
  • Viernes 1: no pueden circular los vehículos en los que los números 8 y 9 son el primer dígito de la placa.

No obstante, según el mismo decreto, hay varios tipos de vehículos automotores exentos de esta restricción, como los eléctricos o híbridos, automóviles dispuestos para movilizar personas afectadas en su salud, para transportar personas en condición de discapacidad, automotores de propiedad de Centros de Enseñanza Automovilística destinados a las labores de instrucción práctica en vía, debidamente identificados, automotores destinados al transporte escolar o de trabajadores, de propiedad del establecimiento educativo, de la empresa o vinculados a una empresa de transporte, entre otros tipos de automotores.

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