Tunja

Tribunal ordena admitir demanda de personero electo de Gachantivá que no fue posesionado

El Tribunal Administrativo de Boyacá revocó el auto proferido por el Juzgado Quinto Administrativo de Tunja, el cual había rechazado la demanda presentada en junio de este año

Jefferson Soacha busca que se anule el acto administrativo del actual personero del municipio. Imagen | Caracol Radio

Jefferson Soacha busca que se anule el acto administrativo del actual personero del municipio. Imagen | Caracol Radio

Tunja

El Tribunal Administrativo de Boyacá, en su Sala de Decisión No. 5, falló en favor de Jefersson Vladimir Soacha Sanabria, quien presentó una demanda contra el Municipio de Gachantivá y su Concejo Municipal, solicitando la nulidad de la Resolución No. 010 del 2023, que nombraba a Manuel Andrés Pacheco Goyeneche como personero municipal para el periodo 2024-2027. La decisión, emitida el 26 de septiembre del 2024, revoca el auto proferido por el Juzgado Quinto Administrativo de Tunja, el cual había rechazado la demanda presentada en junio.

El proceso empezó porque Jefferson Soacha reclamó que, tras participar en un concurso de méritos, había sido seleccionado para el cargo de personero municipal mediante la Resolución No. 005 de enero del 2024, pero que fue nombrado posteriormente a Manuel Pacheco, lo que consideró una violación a su derecho de ser posesionado en el cargo. En su demanda, solicitó la nulidad del nombramiento de Pacheco, y que se le restituyeran sus derechos, incluyendo los salarios y prestaciones dejados de percibir desde que debió asumir el cargo.

El Juzgado Quinto había rechazado la demanda bajo el argumento de que el acto demandado era de carácter electoral, por lo que debía ser objeto de una nulidad electoral, y no de nulidad y restablecimiento del derecho. Sin embargo, el Tribunal de Boyacá determinó que la demanda de Soacha Sanabria también buscaba el restablecimiento de sus derechos individuales, lo que justifica su tratamiento como un caso de nulidad y restablecimiento del derecho, tal como establece el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

A lo largo del fallo, los magistrados analizaron que, en casos de nombramientos como el del personero, es posible que coexistan acciones tanto de nulidad electoral como de nulidad y restablecimiento del derecho. Esta última vía resulta procedente cuando se busca no solo la nulidad del acto administrativo, sino también la reivindicación de un derecho afectado, como en este caso. El tribunal concluyó que, dado que el personero inicialmente elegido buscaba el restablecimiento de sus derechos tras haber sido nombrado mediante un concurso de méritos, el medio procesal adecuado era la nulidad y restablecimiento del derecho.

Finalmente, el Tribunal revocó el auto que rechazaba la demanda y ordenó que el proceso regresara al Juzgado Quinto Administrativo de Tunja para que sea admitido y evaluado de acuerdo con las normativas vigentes y se resolverá el caso de Jefersson Vladimir Soacha Sanabria que busca ser restituido en el cargo de personero del municipio de Gachantivá

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