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Sin opción de traslado, solo queda la demanda: Asofondos sobre vacíos en reforma pensional

Andrés Velasco estuvo en 6AM discutiendo sobre la posibilidad de traslado que tienen ahora los afiliados de fondos privados tras la aprobación de la reforma pensional.

Al 80% le conviene afiliarse a fondos privados: presidente de Asofondos

Al 80% le conviene afiliarse a fondos privados: presidente de Asofondos

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Andrés Velasco, director técnico del Carf. Foto: Comité Autónomo de la Regla Fiscal

El presidente de la Asociación Colombiana de Fondos de Pensiones, Andrés Velasco, explicó en entrevista con la mesa de trabajo de 6AM que la reforma pensional deja sin posibilidades de traslado de fondos privados a públicos a personas que ya cumplieron la edad de pensión. Es decir, aquellas que tienen 57 para mujeres y 62 años en el caso de los hombres.

Tras la expedición del Decreto que reglamenta estas nuevas disposiciones para el sistema pensional, esta decisión quedó dispuesta y afirmó Velasco que, “no se tuvo en cuenta esta consideración”. En ese sentido, la opción que se presenta es que se interponga alguna acción judicial, como alguna tutela o demanda, para los grupos de personas que entran a la transición de sistema pensional con igual a 750 semanas y los que están a más de 10 años de la jubilación.

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Si bien los contribuyentes están en el derecho de pedir asesoría para determinar cuál fondo les conviene más, el presidente de Asofondos manifestó que lo único que les podría responder en cuanto a su aprobación de traslado es que, “no está autorizado por la reglamentación ni por la ley y el ciudadano tomará la determinación si continuar y de ahí si tomará una demanda”

Esta discusión se da después de que el Superintendente Financiero, César Ferrari, ha manifestado que existen limitaciones para los cotizantes tras la aprobación de la reforma del sistema de pensiones. El funcionario indicó lo mismo que el presidente de Asofondos y es que, existe la posibilidad de traslado, esta se limita a grupos que estén a menos de 10 años de pensionarse.

Tengamos presente que, antes de la reforma pensional que fue aprobada en abril de 2024, la ley señalaba que los afiliados de fondos de pensión privados y públicos tenían derecho a cambiarse de administradora de ahorros para su vejez antes de diez años de cumplir la edad de pensión. Ahora, a partir de la puesta en vigencia de esta ley que será en julio del próximo año, está en vilo esta posibilidad.

Según cifras de Velasco, del millón ciento cuarenta mil de personas que aportan a pensiones y tiene la oportunidad de trasladarse de fondo, “el 80% devenga y cotiza por debajo 1,5 salarios mínimos, por lo que las personas recibirían, sería de un salario mínimo, es decir, 1′300 millones de pesos”

Teniendo en cuenta esta situación, lo que conviene es que esta parte de la población se mantenga o se traslade a fondos privados de pensión. Tan solo es 20% que tiene ingresos superiores que les conviene más estar en Colpensiones, ya que, “aunque tengan que cotizar tres años más, recibirán una mesada mucho más alta”.

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