Armenia

El Ejército deberá indemnizar a familiares de dos hombres asesinados en Salento, Quindío

Los hechos se presentaron en el año 2009 en zona rural del municipio de Salento

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El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional a indemnizar a los familiares de los señores José María Hoyos Sánchez y Noé Peña Navarro, muertos el 16 de enero de 2009 en un operativo contra supuestos extorsionistas adelantado por efectivos militares pertenecientes a la Octava Brigada, en la vereda Navarco Alto, zona rural de Salento, Departamento de Quindío.

Hoyos Sánchez y Peña Navarro fallecieron en un operativo adelantado por 20 hombres del Ejército y el DAS, que tenía como propósito la captura de sujetos que extorsionaban a personas de la región en nombre de la guerrilla de las FARC, de acuerdo con las denuncias de ganaderos.

El apoderado de las familias de las víctimas, Javier Villegas Posada, demandó por considerar que en el operativo no hubo ningún tipo de combate y por el contrario se presentó un uso excesivo de la fuerza que terminó en una ejecución absolutamente arbitraria, ilegal, violatoria de la carta americana de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, DIH.

El alto tribunal acogió la tesis de Villegas Posada y ordenó al Ejército indemnizar a los demandantes, tras considerar que hubo una desproporción en el uso de la fuerza en el operativo, por cuanto los agentes del DAS y del Ejército Nacional tenían superioridad numérica, de armamento, formación táctica, técnica y el factor sorpresa en su favor.

El abogado explicó “los dos hombres asesinados no accionaron armas ni a las armas que les encontraron que fueron dos armas de corto alcance, se les platicó la prueba de absorción atómica para acreditar su uso en forma sumaría sin mediar juicio alguno, fueron impactados por más de 100 proyectiles de las armas de juego del ejército y del DAS, quienes fueron los que participaron en el operativo a la postre simulando estos una defensa ya que supuestamente hubo un combate, un enfrentamiento con hoyos y con Peña lo cual, no ocurrió como se acreditó en el proceso que culminó con la condena por parte del Consejo de Estado y del Tribunal del Quindío en contra del Ejército Nacional a indemnizar y reparar en debida forma a los familiares de las víctimas por considerar las decisiones de primera y segunda instancia que un exceso excesivo de la fuerza en el operativo de captura que realizó el Ejército y la Policía Nacional

El representante de la víctimas añadió “Digo a que fue una ejecución sumaria sin fórmula de juicio, alguno absolutamente arbitraria y legal violatoria de la carta Americana de Derechos Humanos y el derecho internacional humanitario acreditado como está dentro del proceso que terminó con la decisión de Consejo de Estado.

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