¿Qué hacer si la EPS no le autoriza una cirugía? Esto dice la Ley
La Corte Constitucional manifiesta que las EPS están obligadas a cubrir este tipo de procedimientos.
Cada día son más las quejas que tienen los ciudadanos frente a la falta de garantías que le dan sus EPS en el servicio de la salud, asimismo uno de los factores que se mantiene en preocupación es cuando las entidades no autorizan una cirugía.
Ante estos hechos, según la corte constitucional, las EPS están obligadas a cubrir procedimientos estéticos con fines reconstructivos o funcionales y a realizar un diagnóstico médico, serio y de fondo, sobre el particular.
“Las cirugías estéticas funcionales pueden ser solicitadas por los usuarios a sus respectivas EPS cuando cuenten con una orden médica que así lo requiera. La jurisprudencia constitucional ha enfatizado en que tales entidades no pueden negar la prestación de estos servicios bajo el argumento que están excluidos del Plan de Beneficios de Salud, sin demostrar bajo conceptos médicos en el estudio de cada caso concreto, que los procedimientos solicitados tienen fines de embellecimiento y no funcionales reconstructivos o de bienestar emocional, psíquico y social” afirmó la Corte Constitucional de Colombia.
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De acuerdo a la sentencia T-101 de 2023, donde se enunció el caso de una mujer, la cual sufría de obesidad mórbida y se sometió a tratamientos médicos, presentó una tutela para que se le autorizara una reducción mamaria debido a la flacidez cutánea que padecía. La entidad de salud se negó aduciendo que el procedimiento era estético.
Sin embargo, la Corte Constitucional ordenó que se realizara un diagnóstico médico integral para determinar si el procedimiento era necesario para superar problemas de salud y no solo estético. La Corte protegió el derecho fundamental a la salud en su dimensión de diagnóstico y ordenó a la entidad de salud realizar un examen médico que determine la procedencia de los procedimientos quirúrgicos requeridos por la paciente.
Por lo tanto, si es su situación y siente que sus derechos, especialmente el de la salud, están siendo vulnerados, acaté la siguiente recomendación que hacen desde el Ministerio de Salud y Protección Social junto con el Ministerio de Justicia y Derecho:
“Es recomendable que el usuario, antes de iniciar el trámite de una queja, demanda o denuncia, presente directamente reclamo ante la entidad encargada de brindarle el servicio, exponiendo las razones de su inconformidad, generalmente en la EPS existe la oficina de atención al usuario. Si allí no es atendido, debe dirigirse ante la Superintendencia Nacional de Salud y exponer el caso a detalle” manifestaron los ministerios.