Personas que no sepan leer ni escribir podrán otorgar su testamento de manera cerrada
La Corte declaró inconstitucional la norma que impedía otorgar testamentos cerrados a estas personas que tienes esta dificultad porque desconoce el derecho a la intimidad
La Corte Constitucional estudió una demanda contra el artículo 1079 del Código Civil que dispone que quienes no saben leer ni escribir no pueden otorgar testamento cerrado.
Sobre esto es importante explicar que en el país hay dos tipos de testamentos:
El abierto que se ejecuta por escritura pública, ante tres testigos. O sea, es de conocimiento público y el cerrado que quiere decir que es secreto y cinco testigos dan constancia, junto con el notario.
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Fue por eso entonces que la Corte declaró que es inconstitucional que las personas con esta dificultad no puedan otorgar testamento cerrado, pues señala que desconoce el derecho a la intimidad, en tanto los obliga a otorgar testamento abierto y, por tanto, a exponer su voluntad en alta voz ante notario y testigos, desconociendo su derecho a guardar la privacidad de los deseos, anhelos e intimidades.
Es por eso que de ahora en adelante las notarías, deberán disponer de apoyos necesarios para que estás personas puedan manifestar su voluntad con garantías de reserva, autenticidad e integridad.
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Por otro lado exhortó al Congreso de la República para que ajuste el régimen notarial con miras a asegurar los derechos de las personas que no saben leer ni escribir al momento de otorgar un testamento.