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Horario Laboral tendrá importante cambió con la nueva Reforma: ¿Qué implica?

Estos son los cambios que estipula la reforma laboral en las horas extras, aumentos salariales y jornadas de trabajo en días de descanso

Horas extras en la reforma laboral. Foto de referencia: Getty Images.

Horas extras en la reforma laboral. Foto de referencia: Getty Images. / Prapass Pulsub

El pasado 17 de mayo, quedó listo para el primer debate el proyecto de reforma laboral, luego que fue radicada con 82 artículos la ponencia en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. Del total de artículos, ya existe un consenso en los partidos de 46 de estos.

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Frente a los ajustes realizados por los ponentes al proyecto inicial de reforma laboral, siendo el más significativo el inicio de la jornada nocturna que pasaría de 9:00 p.m. a 7 p.m., la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, expresó su compromiso por sacar adelante la mejor reforma para todos los colombianos.

No obstante, uno de los aspectos que es de gran interés es el relacionado con las horas extras, frente a este se detalló que la intención es que las horas que se trabajen los días sábados sean tomadas en cuenta como extras.

Horas extras reforma laboral 2023

La reforma laboral establece que bajo ninguna circunstancia las horas extra de trabajo pueden sobrepasar dos horas diarias y 12 semanales, independientemente de que sea en la jornada diurna o nocturna. Esto se deberá aplicar para todos los trabajadores formales, es decir, aquellos que estén vinculados por medio de un contrato.

Cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdos entre empleadores y trabajadores a nueve (9) horas diarias, solo se podrá laborar en el mismo día una hora extra.

¿Cómo se establecerán las horas extras?

Sobre el mecanismo de conteo de las horas extras, el empleador tendrá que llevar un conteo del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique su nombre, cargo y número de horas trabajadas con la precisión de si han sido diurnas o nocturnas. Este registro se le deberá entregar al trabajador junto al desprendible de nómina.

Asimismo, de ser requerido, el empleador estará obligado a aportar ante las autoridades judiciales y administrativas el registro de horas extras; de no hacerlo se tendrá por cierta la estimación razonable que haga el trabajador del número de horas extras laboradas, sin perjuicio de la sanción que podrá imponer la autoridad administrativa del trabajo.

Horario laboral en la reforma laboral del 2023:

En el documento de la reforma laboral propuesta por el Gobierno de Gustavo se propone hacer varias modificaciones sobre la jornada laboral en Colombia. Como primera medida, la jornada ordinaria sería de solo ocho horas en el día y en la semana los trabajadores tendrían que cumplir en total 42 horas, cada año se iría reduciendo una hora laboral. Las horas pueden distribuirse en cinco o seis días a la semana, dependiendo lo que se acuerde entre el empleador y el trabajador.

Una segunda medida sobre la jornada laboral está relacionada con el horario nocturno y diurno. En el artículo 19 del documento se aclara que:

  • Trabajo diurno: se realiza en el período comprendido entre las 6:00 a. m. y 6:00 p. m.
  • Trabajo nocturno: se realiza en el período comprendido entre las 6:00 p. m., y las 6:00 a. m., del día siguiente.

En el documento se habla de una tercera medida y es la de los dominicales. El objetivo es que estos tengan un recargo del 100% “sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.

Número de horas de trabajo diario

Por otra parte, en el documento se detalla que: “El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable durante la respectiva semana, teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y máximo hasta nueve (9) horas al día, sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario o de horas extras, siempre y cuando el número de horas de trabajo no exceda la jornada máxima semanal. Si en el horario pactado el trabajador (a) debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno.”

Por ahora, desde el próximo 15 de julio, la jornada laboral máxima será de 47 horas, según lo que ya contempla la Ley. Para el mismo día, en el año 2024, está aprobado que la jornada se reduzca a máximo 46 horas; en 2025 el máximo será de 44 horas, mientras que para 2026 está la meta de alcanzar máximo 42.

Por último, la ministra del Trabajo hizo un llamado para que la reforma laboral sea un puente de equilibrio entre empresarios y trabajadores, pero sin precarización laboral.

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