CNE seguirá anulando inscripción irregular de cédulas para elecciones
El Consejo de Estado aseguró que es un mecanismo válido para combatir el trasteo de votos.
El Consejo de Estado declaró legal la reglamentación del Consejo Nacional Electoral que deja sin efectos la inscripción ilícita de cédulas por circunstancias como la trashumancia, es decir, el traslado a un lugar de votación donde el ciudadano no tiene ningún arraigo.
Las normativas fueron demandadas porque supuestamente se vulneraban las reglas que impuso el Congreso para notificar los actos de contenido particular y concreto que ponen fin a una actuación administrativa, como los que tienen lugar cuando se deja sin efectos la inscripción de una cédula por irregularidades en el trámite.
Para el accionante, la ilegalidad emana del omitir la notificación personal del acto que establece la ineficacia de la inscripción de la cédula y alegó que el CNE ejerció una facultad reglamentaria ajena a sus competencias.
A su juicio, la potestad de esa autoridad para dejar sin efectos la inscripción de cédulas no la habilita para reglamentarlas mediante un procedimiento breve y sumario. Sin embargo, el Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda.
El alto tribunal sostuvo que “la competencia del CNE en esta materia viene de la Constitución y la ley, que le otorga a este organismo el deber de regular la residencia electoral de los ciudadanos y de combatir el vicio de la trashumancia”, mediante un procedimiento que debe cumplirse de manera rápida con el principio de publicidad y eficacia del censo electoral.