Orden Público

Cárcel para reincidentes y pena máxima a asesinos: ABC de ley de seguridad ciudadana

Con la nueva ley quien asesine a un miembro de la Fuerza Pública o a un líder de DDHH podrá recibir penas de hasta 58,3 años de prisión.

Ya entró en vigencia la denominada Ley de Seguridad Ciudadana, que fortalece las medidas de seguridad contra reincidentes y brinda a las autoridades los instrumentos jurídicos y recursos económicos necesarios para contrarrestar la delincuencia, especialmente en las ciudades del país.

La ley que fue sancionada por el presidente Iván Duque contiene reformas al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal, al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y Código de Extinción de Dominio.

Según el Ministro del Interior, Daniel Palacios, “esta iniciativa piensa en el ciudadano de a pie, el ciudadano que sale a coger Transmilenio, el ciudadano que sale a coger un bus público para desplazarse a su casa o trabajo, el ciudadano al que le roban el celular, el ciudadano que todos los días es víctima de un delito, brindando mayores herramientas a los jueces para sancionar a los violentos que perturban su tranquilidad”.

Estos son los principales puntos de esta normativa.

1.     Se endurecerán las penas para reincidentes: la pena será más grave para quienes en los últimos 5 años hayan sido condenados por delitos dolosos.

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2.     Quien asesine un miembro de la Fuerza Pública, defensor de derechos humanos, menor de edad o periodista tendrá la pena más alta que contempla la ley colombiana: de 58,3 años de prisión.

3.     Será un delito el porte de arma blanca en evento masivo.

4.     Se agravan las penas para quienes afecten la infraestructura destinada a la seguridad ciudadana y la administración de justicia, esto aplicará principalmente en las manifestaciones donde será un delito afectar estaciones, CAI u otros edificios públicos o privados.

5. Se establece la Legítima Defensa Privilegiada, la cual se deberá presumir cuando la víctima se defiende contra quien irrumpe de manera ilegal su habitación o vehículo.

6. Se considerará peligro para la sociedad y, en consecuencia, será sujeto de medida de aseguramiento intramural quien cometa delito con el uso de arma de fuego, arma blanca o elemento menos letal.

7. Los miembros de la Fuerza Pública podrán usar el sistema de transporte masivo cuando se encuentren en servicio activo.

8. Se reduce el monto de las multas por infracción al Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

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