Justicia

Corte Constitucional

Comunidades negras, raizales y palenqueras, exentas de servicio militar

La Corte determinó que fue un acto discriminatorio no incluirlas en ese beneficio.

Imagen de referencia.

Imagen de referencia.(Colprensa: Archivo.)

La Corte Constitucional avaló la ley 1861 del 2017 que exoneraba a los indígenas de prestar el servicio militar y pagar la cuota de compensación, porque se defendía la existencia e identidad de las minorías étnicas, a efectos de proteger la diversidad cultural de la nación

Sin embargo, ese tribunal determinó que, durante el trámite legislativo, no se incorporaron a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras (NARP) por lo que se vulneró el principio de igualdad.

“No incluye, de manera injustificada, a las comunidades NARP, grupo de personas comparable con el que sí fue incluido, y que, por tanto, ha debido ser incluido como destinatario de la exoneración sub examine en tanto contribuyen razonablemente a alcanzar la finalidad constitucional de las normas demandadas”, señaló el tribunal.

Además, argumentó que el Congreso no tuvo en cuenta los principios de diversidad étnica y cultural, el mandato de protección igual a todas las culturas y la obligación de garantizar la autonomía de los pueblos étnicos frente a su integridad cultural.

“La Corte Constitucional consideró que la no inclusión de las referidas comunidades constituye una discriminación o desigualdad negativa, puesto que impide el desarrollo de aspectos culturales de su vida en comunidad”, indicó.

Por eso, ese tribunal determinó que sí, es constitucional exonerar a los indígenas del servicio militar, pero también incluyendo a los miembros de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.

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