Economía

Trabajadores

Centrales obreras califican de "regresiva" propuesta de un salario regional

También la dirigencia sindical rechazó la iniciativa de una nueva reforma laboral en un momento de reactivación

Presidente de la CGT

Presidente de la CGT(Colprensa)

Las centrales obreras rechazan y califican de "regresiva" la propuesta de la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco, de estudiar un salario regional de acuerdo a la situación económica por departamentos.

El presidente de la Confederación General del Trabajo, CGT, Percy Oyola, luego de conocer esta iniciativa del presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal y de algunos precandidatos a la presidencia de la república, afirmó " es "regresiva y va en contravía del principio de progresividad y de los trabajadores".

"Eso da cuenta que en el pasado cuando teníamos un salario rural y un salario urbano, el avance fue poder unificar estos valores en un solo salario, que es hoy el Salario Mínimo Legal Vigente, que sigue siendo un salario insuficiente ", afirmó el dirigente sindical.

Reiteró, lo que ha venido planteando el movimiento sindical en materia salarial y es el salario dentro del concepto de que sea, vital y móvil, es un salario que debe tener la capacidad suficiente para que una familia pueda adquirir  los bienes y servicios necesarios para vivir con dignidad.

Reiteró el presidente de la CGT, que la propuesta de Fenalco, va en contravía de lo que la propia Organización Internacional del Trabajo ha planteado en la Confederación y lo que "nosotros llamamos trabajo decente".

Finalmente, los trabajadores también se declararon en contra de una reforma laboral en estos momentos de reactivación, porque es importuna y fue uno de los detonantes del paro nacional, que surgió según Oyola del fracaso de la Misión de Empleo, porque el Gobierno expidió el decreto el 1174, que no tuvo ninguna consulta con el movimiento sindical, ni con ningún otro actor, de la Comisión Nacional de Concertación.

Hay que señalar, que este decreto fue expedido por el Gobierno Nacional que reglamentó el Piso de Protección Social para que aquellas personas cuyos ingresos son inferiores a un (1) Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.

 

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