Justicia

Paramilitares

Regaño de Sala Justicia y Paz a abogado de empresarios cuestionados

Magistrado dice que delitos de lesa humanidad no prescriben

Casos judiciales

Casos judiciales(Colprensa)

El llamado de atención fue para el abogado Rubén Darío Henao por desconocer normas básicas del derecho penal y de la justicia transicional.

El pasado 26 de agosto Caracol Radio reveló que la Sala de Justicia y Paz de Barranquilla compulsó copias al Fiscal General para que se investiguen las finanzas de los empresarios Rafael Antonio Matera Lajud señalado de ser alias ‘300’ y Alfonso Macías Vargas señalado como alias 'M1’ por sus presuntos vínculos con la financiación a grupos paramilitares en esa región del país.

A raíz de esa compulsa, el abogado defensor le reclamó al Tribunal por un supuesto acoso judicial en contra de los empresarios, alegó que a sus defendidos la Fiscalía les archivó un proceso en Valledupar.

“(…) hechos presuntamente sucedidos entre los años 2001 y 2004 sin tener en cuenta que, si fueran ciertos, que no lo son, ya estarían prescritos y el Estado habría perdido su competencia para investigarlos (…)”, alegó el abogado.

El Tribunal le respondió al abogado que no hay persecución alguna y que los magistrados no son quienes investigan y tampoco procesan a civiles.

“De tal suerte que la competencia funcional de esta Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del distrito judicial de Barranquilla, se centra, como arriba se dijo, en el juzgamiento de miembros de grupos armados al margen de la ley, que se hubiesen desmovilizado de tales grupos que en la práctica en su mayoría son de las AUC, por lo tanto, en ningún caso hemos juzgado o condenado a civiles, en el entendido que tal competencia le corresponde a la justicia ordinaria”. señala el documento.

También es cierto que esa Sala ha proferido dos sentencias condenatorias en contra de paramilitares desde el año 2018 y en medio de ese contexto se pidió a la Fiscalía investigar a los empresarios por su presunta participación en la comandancia de las extintas AUC según declaraciones consignadas en los procesos que no avanzan en el ente acusador.

“Es decir, ambas decisiones de esta Sala en las que se procede a compulsar copias a la Fiscalía para que, en virtud de su competencia, investigue presuntas violaciones de terceros en hechos punibles que podrían ser constitutivos de crímenes de lesa humanidad, los cuales no prescriben”, concluyó el Tribunal.

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