Sindicalista despedido por protestar durante velorio será reintegrado
Pese al malestar que generó la huelga a los familiares dolientes, no se pueden prohibir estas huelgas.
La huelga de los sindicalistas se realizó en Cartagena en 2014 en el parqueadero de la funeraria Cartafun LTDA, exigiendo el cumplimiento del pliego de peticiones laborales.
El ruido de los megáfonos y las arengas generó incomodidad y molestia a los familiares que estaban velando a su ser querido. Lanzaron agua y botellas a los trabajadores para que se callaran y respetaran su dolor por la pérdida.
Ante esta situación, Cartafun LTDA despidió por justa causa a Said Zumaque, uno de los participantes de la protesta y quien había trabajado en esa empresa por 12 años como conductor de coches fúnebres.
Para la empresa, no era un sitio apto para esta clase de huelgas. Sin embargo, Said dijo que su despido fue injusto porque se encontraba afiliado a un sindicato y tenía fuero circunstancial.
El caso llegó a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia que le dio la razón. Indicó que la protesta fue contra el gerente de la funeraria y que los manifestantes nunca pretendieron profanar el acto de velación.
“(…) Y si bien el movimiento pudo suscitar incomodidad por la filtración de ruido, esa perturbación no fue de magnitud tal que justificara restringir la libre expresión de los trabajadores, como tampoco su derecho a realizar protestas pacíficas”, sentenció la Corte.
Además, reiteró que los empleadores no pueden prohibir estas actividades, así esté pactado en los contratos, ya que es una actitud inconstitucional. Por eso ordenó el reintegro de Said y el pago de salarios y prestaciones que reclamó.