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La sentencia para Camargo por decir que Liga era "cultivo de lesbianismo"

El presidente del Deportes Tolima generó gran polémica por las duras palabras que lanzó contra la Liga Femenina.

Gabriel Camargo, presidente del Deportes Tolima

Gabriel Camargo, presidente del Deportes Tolima / Colprensa

En diciembre de 2018 las fuertes palabras en contra de la Liga Femenina por parte del presidente del Deportes Tolima, Gabriel Camargo, calaron fuerte sobre las futbolistas y la sociedad en general, desde donde la indignación fue creciendo poco a poco hasta, incluso, significar una acción de tutela contra el dirigente.

"Eso anda mal. Eso no da nada ni económicamente ni nada de esas cosas. Aparte de los problemas que dan las mujeres. Son más tomatragos que los hombres... Pregúntele a los del Huila como están de arrepentidos de haber sacado el título y haberle invertido tanta plata al equipo... Y fuera de eso, les recuerdo, es un caldo de cultivo del lesbianismo tremendo", dijo en su momento el presidente Camargo.

Pese a que en su momento el dirigente ofreció disculpas por sus fuertes afirmaciones, en el escritorio no quedó de lado la acción de tutela que en su calidad de Defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret, presentó ante la Corte Constitucional.

Gabriel Camargo ofreció disculpas y se retractó de sus palabras en enero de 2019.

"No fue mi intención ofender a las mujeres practicantes del fútbol, y menos aún menoscabar los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación, dignidad, honra, buen nombre, por lo que presento públicas disculpas a quienes con mis opiniones y declaraciones se hayan sentido afectadas", manifestó.

Ahora, la sentencia se conoció y pese a la anterior disculpa pública del presidente del Deportes Tolima, la Corte Constitucional resaltó que Camargo deberá ofrecer disculpas públicas bajo las siguientes características:

(i) Debe responder a condiciones equiparables a la llevada a cabo el 20 de diciembre de 2018 con los medios de comunicación presentes en aquella oportunidad. Ello sin perjuicio de la libertad de expresión que protege a los medios de comunicación, sin limitar la presencia de otros medios que deseen asistir y atendiendo a las medidas de bioseguridad exigidas por las autoridades competentes.

(ii) Podrán asistir jugadoras de fútbol y organizaciones que las representen quienes podrán realizar preguntas de su interés y sostener un diálogo constructivo sobre la opinión del señor Gabriel Camargo Salamanca.

(iii) El accionado deberá leer el comunicado a través del cual ofreció disculpas públicas y se retractó de las declaraciones que vulneraron los derechos de las jugadoras de fútbol.

(iv) El accionado deberá referirse a las disposiciones adoptadas por el Código de Ética de la FIFA, el Código Disciplinario de la FIFA y el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, para enfrentar la discriminación por razones de género. Esto incluye mencionar las preocupaciones que tales organismos han manifestado frente a la discriminación. Igualmente deberá indicar las medidas que se adoptarán en el club que dirige para enfrentar la discriminación.

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