Justicia

Corte Suprema de Justicia

Corte reconoció unión libre de colombianos en el extranjero

Es la primera vez que el alto tribunal emite una sentencia civil sobre el tema.

Imagen de referencia.

Imagen de referencia.(Cortesía: Getty Images)

Martha Navas sostuvo una relación sentimental durante 12 años con Gustavo Herrera en la ciudad de Caracas. Cuando su pareja falleció, Martha regresó a Colombia a reclamar parte de la herencia.

Los hermanos y sobrinos la habían apartado, al afirmar que no tenía cómo probar esa relación y que, además, ella se había instalado en la vivienda de la capital venezolana solo para realizar labores del hogar cuando Gustavo enviudó.

Para la Corte Suprema de Justicia, sí está acreditada, primero, la nacionalidad colombiana de ambos y, segundo, reconoció esa unión libre, aunque se haya dado en Venezuela desde los años 2002 hasta el 2014.

Es así que determinó que a Martha se le deben reconocer esos años de convivencia con Gustavo. “Los colombianos en el exterior, residentes o domiciliados, en materia de estados civiles, no se rigen por una legislación extraña. La Ley colombiana los persigue en el lugar donde se encuentren”, indicó la Corte.

Además, indicó que cualquier alteración o mutación en la situación jurídica en la familia de los nacionales en el exterior “debe estar acorde con las regulaciones internas, porque de lo contrario, no podría tener efectos en Colombia”, señaló la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema.

Recordó, incluso, que las uniones maritales reciben el tratamiento jurídico asimilable al matrimonio. En consecuencia, la comunidad de vida permanente y singular genera responsabilidades frente al núcleo familiar.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad