Gobierno no tiene obligación de pagar renta básica por crisis por el COVID
El Consejo de Estado concluyó que los jueces no tienen competencia para obligar al Gobierno a pagar una renta básica de emergencia

Una parte de Armenia desde el centro comercial Unicentro / Adrián Trejos
La decisión obedece a una demanda de tutela que interpuso un ciudadano, en busca de que se le impartiera una orden expresa al presidente Iván Duque de pagarle una renta de un salario mínimo durante el tiempo que dure la emergencia y hasta por tres meses posteriores a la superación de este periodo.
Luego de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca estableció que la tutela era improcedente; aclaró que el demandante contaba con otros medios para acceder a las ayudas humanitarias que estaba exigiendo.
La alta corte señaló que la tutela es improcedente para ordenar el pago de una renta básica de emergencia hasta tres meses después de terminada la pandemia, A su juicio, la implementación de mecanismos de alivio ante situaciones apremiantes como esta corresponde a las autoridades públicas nacionales y territoriales; en principio, el juez constitucional no tendría por qué inmiscuirse, advirtió el Consejo de Estado.
“El juez constitucional no puede por vía de tutela incrementar el presupuesto de inversión -social-, así como tampoco puede ordenar al Gobierno Nacional que lo haga, pues esta facultad escapa de su órbita y, de hacerlo, incurriría en una extralimitación de sus funciones”, dice el fallo.
Además, en este caso, no se probó de qué manera las medidas tomadas por las autoridades para enfrentar la pandemia constituyeran una causa eficiente de inminencia de sufrir un perjuicio irremediable.



