Colombia tendrá más de 2.000 rastreadores para aislar el Covid-19
El Ministerio de Salud expidió el decreto 1374, a través del cual actualiza el programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible.
El Ministerio de Salud expidió el decreto 1374, a través del cual especifica con mayor detalle las responsabilidades que deben cumplir las Secretarías de Salud, EPS, IPS, ADRES, ARL, la Red Nacional de Laboratorios, el Instituto Nacional de Salud y demás actores del sector, para el desarrollo del programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible, PRASS.
Lea aquí: Colombia reporta su mayor cifra de agresión a la Misión Médica: Minsalud
Dentro de las principales actualizaciones está la creación del Centro de Contacto Nacional de Rastreo – CCNR, que tendrá la capacidad de realizar más de 100 mil llamadas diarias a todos los casos potenciales de contagio por haber estado en contacto con personas diagnosticadas con el virus o con probabilidad de tenerlo.
Le puede interesar: ¿Es posible que Fernando Gaviria se haya reinfectado de Covid?
Lea también: El Mundo está Al Revés: campaña que rechaza agresiones al personal de salud
“Aquí incluimos todas las acciones que se deben hacer para mantener el rastreo, en el momento que nos encontramos de aislamiento selectivo con distanciamiento individual, es importantísimo tener la capacidad de rastrear la población y tener la información lo más rápidamente posible sobre quienes han sido contactos cercanos de las personas que han resultado contagiadas”, confirmó el ministro de salud Fernando Ruíz.
La cartera de salud, incluyó además la conformación de equipos de rastreo, compuestos por grupos interdisciplinarios que incluyen más de 2.000 trabajadores de la salud, de niveles técnico y profesional, así como personal de apoyo entrenado en seguimiento telefónico y presencial.
Recomendado: Minsalud alerta por incremento de 36,5% en la mortalidad por cáncer de mama
La normativa también establece que las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL, deben pagar la incapacidad a los afiliados, siempre y cuando el origen del contagio por COVID 19 sea laboral y específica, una vez más la compensación económica para el aislamiento de la familia de quienes están en el régimen subsidiado.
El documento añade que, los médicos tratantes podrán consignar en la historia clínica la necesidad de cumplir con la medida de aislamiento preventivo para los casos confirmados, probables, sospechosos y contactos, acompañada de orden de prueba diagnóstica.