Conozca los lineamientos para el uso de piscinas en Colombia
El Ministerio de Salud expidió la resolución 1547 con los protocolos que se deben aplicar en este tipo de espacios.
El Ministerio de Salud expidió la resolución 1547con los protocolos de bioseguridad para la prevención del Covid-19 en los establecimientos e inmuebles con piscinas; destacando que, en los espacios cerrados se debe garantizar que cada persona ocupe 9 metros cuadrados y en los abiertos 6 metros cuadrados por individuo.
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Exige la elaboración de un protocolo para la limpieza de los estanques y alrededores. Prohíbe el uso de fuentes de agua para consumo humano. Recomienda a los operadores o dueños de estos establecimientos, garantizar que las personas se bañen de forma rápida en las duchas externas, antes y después de usar la piscina y que se garantice la desinfección de los chalecos salvavidas y las camas o deslizadores de los toboganes, antes de la apertura diaria.
La norma exige reducir y separar las sillas de sol. Los instructores de natación tendrán que usar caretas, tapabocas o cualquier elemento de protección facial, requerimiento que también se hace para los usuarios, pues la resolución señala que, es obligatorio utilizar este elemento que cubra la nariz y la boca. Sólo se lo pueden quitar al ingresar al agua, momento en el cual debe depositarse en una bolsa.