Corte tumba indemnización por la muerte de menor que estaba detenido
La Corte Constitucional ordenó a un juez de Chocó reconsiderar la suma que no debe ser de $6.200 millones de pesos
La Corte Constitucional tumbó la indemnización por $6.200 millones de pesos que debía pagar el estado por la muerte de un menor que murió estrangulado mientras estuvo detenido.
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Juan Andrés Palacios Asprilla, de 15 años, fue detenido el 30 de junio de 2016 en un Centro Transitorio para Adolescentes del ICBF en Quibdó, Chocó. Ese mismo día fue encontrado sin vida y según consta la necropsia realizada por Medicina Legal, la causa de la muerte fue un homicidio por sofocación o "estrangulamiento".
En octubre un grupo de 86 personas entre familiares, amigos y la compañera permanente solicitaron una indemnización por la muerte del menor.
En 2017 el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó ordenó "la máxima indemnización por concepto de daño moral a 54 demandantes" por $6.284.280.316. El juez señaló que el ICBF fue responsable de una "grave violación de derechos humanos". En marzo de 2018 el Tribunal Administrativo del Chocó confirmó la decisión.
Pero, tras una tutela interpuesta por el director regional del ICBF, la Corte Constitucional le ordenó al juzgado proferir una nueva decisión sobre el monto por el cual deben ser reparadas las víctimas.
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De acuerdo con la Corte, "se reconoció a ciertas personas como víctimas, sin que se lograra acreditar adecuadamente tal calidad" y añadió que la indemnización a 54 personas por más de 6.200 millones de pesos "tiene un impacto significativo en el patrimonio público".
"De manera precisa, la Sala consideró que no se verificaron elementos de juicio que soporten una mayor intensidad y gravedad del daño moral", dice la Corte.