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Corte ya tiene consenso frente a los beneficios de la JEP en delitos sexual

También hay consenso en al menos siete puntos de la ley estatutaria.

Corte ya tiene consenso frente a los beneficios de la JEP en delitos sexual

Corte ya tiene consenso frente a los beneficios de la JEP en delitos sexual(Página web de la Corte Constitucional )

Colombia

A las 5:00 de la tarde se dará a conocer por parte de la Corte Constitucional la decisión final sobre la ley estatutaria de la JEP. Aunque su votación sigue, Caracol Radio conoció los acuerdos que hay especialmente en los puntos más álgidos.

Delitos Sexuales

La iniciativa del Congreso había establecido que los delitos sexuales sobre menores de edad se juzgarían en la JEP pero con las penas de la justicia ordinaria. La Corte ya concluyó en este aspecto que se dejarán las sanciones que contemplan la JEP.

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La razón: el Congreso no tenía competencia para establecer sanciones distintas a las establecidas en el acto legislativo 01 de 2017, en su artículo 13, que señala que las sanciones deben tener como finalidad  satisfacer los derechos de las víctimas y la consolidación de paz.

La extradición

La Corte acordó, dejar tal y cómo está la extradición en el acto legislativo 01 de 2017. Es decir, se aplica solo para quienes hayan cometido delitos después del consolidarse el acuerdo de paz.

Con esto se rechazó la propuesta de que prime primero contar la verdad ante la JEP antes de cumplirse con estos procesos.

Participación Política

Dice la Corte en este punto que solamente podrán participar en política quienes tengan sanciones propias en su contra, más no sanciones alternativas y ordinarias porque implican penas privativas de la libertad.

Vea también: Tres puntos claves en la reglamentación de la JEP

Las sanciones propias son las que se imponen en la JEP cuando hay reconocimiento de la verdad y responsabilidad pues son restaurativas y reparadoras del daño que causaron.

Inhabilidades de magistrados

La Corte no avala las inhabilidades que impuso el Congreso para los magistrados de la JEP luego de que fueran elegidos.

Las mismas señalaban que quienes 5 años antes de haberse postulado al puesto hubieran litigado en contra del Estado y en proceso relacionados con derechos humanos.

Dice el tribunal que son inconstitucionales.

La obligación de la Fiscalía

La Corte también llegó a un consenso al señalar que la Fiscalía tiene la obligación de priorizar todas las investigaciones contra terceros y agentes del Estado no combatientes que no se hayan sometido voluntariamente a la JEP.

Mayoría Absoluta

La Corte también definió cómo se establece la mayoría absoluta. Dice que en los debates al Congreso debe descontar las sillas vacías más los impedimentos aceptados.

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Todo lo ya aprobado se mantiene

Así mismo la Corte acordó que todo lo que la ley estatutaria repite porque ya está contenido en la ley de amnistía, lo aprobado del Acto Legislativo 01 de 2017 y la Ley Orgánica del Presupuesto, se mantiene.

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