Excombatientes solo podrán salir del país si cumplen dos condiciones: JEP
La Sala de Amnistia o Indulto le negó un viaje a Olga Lucía Marín.
Colombia
Tras la polémica que se generó por el permiso de vacaciones que se le otorgó a Fernando Arellán, la Sala de Amnistía o Indulto fijó nuevas reglas para dar las autorizaciones, estableciendo que solo se pueden dar en dos casos: cuando el motivo del viaje sea en favor del proceso de paz o cuando sea por razones humanitarias.
Por esta razón, la JEP le negó un permiso a Olga Lucía Marín, quien quería asistir al grado de su hija y de paso, homologar estudios profesionales que realizó.
La respuesta de los magistrados fue que las razones de su solicitud, “no están destinadas a apoyar la consecución de los propósitos del proceso transicional, por cuanto no se evidencia que esté relacionado con algún tipo de contribución al proceso de paz”.
Así mismo dejó claro que las salidas deben ser cortas, pues Marín solicitó dos meses y según la corporación, ese tiempo podría obstaculizar cualquier requerimiento.
En cada caso, independientemente de las dos condiciones, se revisará que no se afecte el derecho de alguna víctima.