Política

El mensaje de la justicia tras la orden retractación a Claudia López

La senadora debe mantener los trinos con la rectificación durante 65 días en su cuenta personal.

El mensaje de la justicia tras la orden retractación a Claudia López

El mensaje de la justicia tras la orden retractación a Claudia López(Colprensa)

En el fallo de 18 páginas, los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá quieren sentar un precedente en materia de libertad de información. Aseguran que si bien se trata de un derecho, es obligación de quien lo ejerce expresar sus opiniones de forma “veraz e imparcial”.

“En cuanto a la comunicación de informaciones sobre procesos penales y actos constitutivos de delito se puede establecer que ésta debe ser tratada con cuidado y diligencia adicional, especialmente en términos de veracidad e imparcialidad”, dejó por el escrito el Tribunal en el fallo que obliga a la senadora a retractarse.

La senadora acusó por Twitter a Néstor Humberto Martínez de ser el responsable de hundir, junto al investigado ex magistrado Leonidas Bustos, el Tribunal de Aforados, en criterio de López, porque se descubriría la venta de fallos judiciales.

El fiscal respondió con una tutela, que el Tribunal fallo a su favor, y donde le dicen a López que “debió aportar las pruebas necesarias para que la información fuera constitucionalmente aceptable”.

La senadora publicó un trino el pasado 3 de noviembre a modo de retractación, pero el Tribunal le insiste que esa “retractación luce inconsonante con el objeto de corrección”, por tanto la obliga a emitir en un término de 48 horas, que se vence este sábado, una nueva declaración en la que exprese que no contaba con las pruebas para sostener sus aseveraciones. 

El Tribunal le ordena a la senadora que deberá mantener el trino por 65 días a disposición de los usuarios de Twitter y lanza un mensaje a los medios de comunicación para que se abstengan de “hacer análisis infundados, pues ello genera vulneraciones a derechos fundamentales”, pues las afirmaciones sobre personas involucradas en procesos penales deben hacerse “hasta tanto exista una sentencia condenatoria”.

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