Orden Público

Directiva de Santos autoriza a funcionarios a hacer campaña con recursos públicos

Caracol Radio publica la directiva donde se establece lo que pueden hacer y lo que se prohíbe en el marco del plebiscito por la paz.

Directiva de Santos autoriza a funcionarios a hacer campaña con recursos públicos

Directiva de Santos autoriza a funcionarios a hacer campaña con recursos públicos(Colprensa/Archivo)

El presidente Juan Manuel Santos firmó la directiva presidencial que señala las atribuciones y las prohibiciones que tendrán los funcionarios públicos para realizar 2 actividades específicas en torno al plebiscito por la paz, la primera, la difusión y pedagogía sobre los acuerdos y la segunda, la campaña a favor o en contra del acuerdo con las Farc. 

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Los funcionarios Sí pueden usar recursos públicos para hacer campaña

Desde el 30 de agosto “los servidores públicos podrán participar en actos de proselitismo electoral y promover activamente y de manera pública la votación por el Sí o por el No al Acuerdo Final”. Además podrán invitar a los ciudadanos a apoyar cualquiera de las opciones de votación. 

Se establece que aquellos que realicen actos de campaña “podrán utilizar bienes del Estado y recursos del Tesoro Público para la misma”, siempre y cuando se ofrezcan en igualdad de condiciones a todos los que detentan tal calidad. 

Es decir que podrán utilizar recursos y bienes estatales, como las páginas web de las entidades, los correos electrónicos y los espacios físicos de las entidades, para la campaña por el Sí o por el No, siempre que se den las mismas condiciones. 

Deben tener entonces los funcionarios públicos acceso igualitario a los activos estatales que se utilicen en el marco de la actividad electoral. 

Lo anterior, sin que se alteren las partidas presupuestales existentes, que no se afecte el adecuado funcionamiento de la actividad estatal, y con la garantía de igualdad, moralidad e imparcialidad. 

Por lo anterior, no pueden coaccionar en modo alguno a los servidores y contratistas del Estado, para participar en las campañas o votar en uno otro sentido. 

Sobre la pedagogía de la paz 

La directiva establece que es un deber de los servidores públicos informar a los ciudadanos “a fin de que sea posible que los mismos participen activamente en las decisiones que los afectan” y en el plan de desarrollo se establece el objetivo de la paz. 

Por lo tanto deben suministrar información sobre asuntos relacionados con la política de paz, que permita “entender de manera objetiva, veraz y simplificada el contenido, alcance e implicaciones futuras del Acuerdo Final”. 

También deberán realizar la divulgación “adecuada del contenido, alcance e implicaciones futuras del Acuerdo Final”, información que deberá ser suministrada “libre de formalismos y artilugios gramaticales, con el fin de facilitar a los ciudadanos la toma de una decisión electoral sin sesgos ni distorsiones”. 

En el marco de la pedagogía y divulgación se les autoriza a portar y desplegar signos alusivos a la paz, tales como el “Sí a la Paz”. 

También podrán “manifestar su opinión frente a políticas públicas en pro de la paz, participar en debates en defensa del derecho a la paz”, además de promover de manera pública a través de cualquier medio de comunicación y difusión los beneficios que traerá el logro de la paz para Colombia.

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