Absuelven a persona acusada de financiar grupos ilegales
Se determinó que no se pueden condenar a las personas por el delito de rebelión
Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al absolver a una persona que había sido condenada por el delito de rebelión por el hecho de haberlo patrocinado financieramente.
Por esta razón la Corte hizo un llamado de atención a los jueces del país pues indicó que en este caso hubo fallas en el proceso, ya que no se tuvo en cuenta que la persona que había sido condenada, tuvo que dar dinero a una organización criminal porque estaba siendo víctima de extorsión y no porque las financiara o porque hiciera parte de ella.
Sin embargo aclaró que en casos donde se demuestre que no hizo parte de la organización criminal, pero si aportaba dineros, se le debe es condenar por administración de recursos relacionados con actividades terroristas.