Salud y bienestar

Ordenan incluir en programa de alimentación escolar a niña en situación de discapacidad

El Consejo de Estadio criticó que a la menor de edad no le dieran desayuno por el simple hecho de pertenecer a una institución privada.

Una madre emprendió toda una batalla jurídica para poder buscar que a su hija menor de edad y quien sufre de retardo mental moderado, pudiera recibir sus alimentos todas las mañanas en el centro educativo en donde la tiene inscrita.

La mujer narró a través de una tutela, que desde hace meses se enteró que a su hija quien hace parte de Asodisvalle, “no le estaban suministrando los referidos desayunos, con el argumento que, por orden del Ministerio de Educación solo se darían los refrigerios a los estudiantes de instituciones públicas, creando una situación así, en su concepto, de discriminación y de barreras al derecho a la educación y a la vida digna de la menor”.

Contó la madre de la menor que “no cuenta con los recursos suficientes para brindarle un desayuno a su hija todos los días para asistir al colegio y que de ninguna manera la enviaría sin comer, puesto que esto afectaría su estado de salud”.

El caso llegó a la Sección Quinta del Consejo de Estado quien advirtió que en este caso se debe privilegiar la protección especial de la que gozan los niños en situación de discapacidad, por lo que “el derecho a la educación no debe verse restringida por barreras como la imposibilidad de acceder a una alimentación adecuada”.

Por esta razón le ordenó a la Secretaría de Educación Municipal de Cali, que continúe “con la prestación de los servicios alimenticios requeridos por la menor, pues el hecho de que la institución en la que se encuentra la menor sea de naturaleza privada, no justifica que se le despoje del beneficio al que tiene derecho como estudiante subsidiada por la administración municipal”.

“El Estado debe velar porque no existan obstáculos para que los menores que padezcan de alguna invalidez, accedan a las aulas regulares de enseñanza como un deber de inclusión a su cargo; en su defecto deberá propender por garantizar la existencia de instituciones especiales para quienes excepcionalmente puedan requerirlo” señaló.

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