A salvo elecciones del presidente Santos y del vicepresidente Vargas Lleras
El Consejo de Estado determinó que la elección de ambos funcionarios estuvo acorde a la Ley.
En vilo estaba la elección del presidente Juan Manuel Santos y del vicepresidente Germán Vargas Lleras luego de que ambas fueran demandadas ante el Consejo de Estado por supuestas irregularidades.
Sin embargo Caracol Radio conoció en su totalidad el fallo proferido por el alto tribunal en el que ratifica la elección de ambos funcionarios para el periodo 2014 – 2018 al dejar sin piso los argumentos presentados por el demandante.
El demandante había señalado que “no podía declararse la elección de los doctores Juan Manuel Santos Calderón y Germán Vargas Lleras como presidente y vicepresidente de la República para el período 2014-2018 respectivamente, “…toda vez que la suma de los votos obtenidos por Oscar Iván Zuluaga y Carlos Holmes Trujillo, más los votos en blanco, los votos nulos y las tarjetas no marcadas, suman un total de 7-978.872, es decir la mayoría absoluta”.
Sin embargo el consejo de estado determinó que “en la segunda vuelta resultará electo el candidato que simplemente consiga el mayor número de votos por él depositados” como lo fue en este caso donde resultó electo Santos Calderón.
“Debe recordarse que el hecho de que la referida norma constitucional expresamente señale que a la segunda vuelta sólo acudirán las dos “más altas votaciones”, denota la intención del constituyente primario de que precisamente la regla de la mayoría relativa se aplique a dichas candidaturas a fin de que entre ellas se escoja de manera definitiva el Presidente y Vicepresidente de la República” precisa el fallo.
Advierte la sentencia proferida por la Sección Quinta que “Santos Calderón y Germán Vargas Lleras obtuvo 7.839.342 votos, la candidatura de los doctores Oscar Iván Zuluaga y Carlos Holmes Trujillo alcanzó un total de 6.971.000 votos, que los votos en blanco ascendieron a 618.759, con lo cual los votos válidos fueron un total de 15.375.102”.
Por lo que a juicio del magistrado “no cabe la menor duda de que los demandados obtuvieron la mayoría que contempla el artículo 190 de la Constitución Política respecto de la segunda vuelta de las presidenciales y, por tanto, debían ser declarados electos Presidente y Vicepresidente de la República respectivamente, para el período 2014-2018”.




