Justicia

Gobierno pedirá a la Corte tumbar fallo que otorgaría títulos a extranjeros en Barú

Sostiene que decisión de tutela confunde derechos de comunidades étnicas con asociaciones de carácter civil o comercial.

Gobierno pedirá a la Corte tumbar fallo que otorgaría títulos a extranjeros en Barú

Gobierno pedirá a la Corte tumbar fallo que otorgaría títulos a extranjeros en Barú(Caracol Radio)

Cartagena de Indias

Caracol Radio pudo establecer que el Gobierno Nacional y la sociedad Playa Blanca Barú S.A.S, presentarán ante la Corte Constitucional un recurso de nulidad contra la sentencia que le reconoce derechos como comunidad afrodescendiente a terceros, incluidos extranjeros, que han llegado a la zona.

El fallo ordena que para poner en marcha un novedoso proyecto turístico, donde la Nación es dueña del 49%, se debe hacer una consulta previa que incluya a Asotuplab, una asociación conformada por trabajadores y comerciantes de la zona, que reclama derechos sobre el territorio de Playa Blanca en Barú.

El gobierno entre sus argumentos a la corte para que anule la sentencia de tutela de las magistradas Myriam Ávila Roldán y María Victoria Calle, busca demostrar que se confundió los derechos de comunidades étnicas legitimadas para procesos de consulta, con las reclamaciones de asociaciones de carácter civil o comercial, que por ley no los tienen.

Señalarán además que la Corte también incurrió en el error de acumular los procesos sin que se configuraran los requisitos para ello.

Por último, solicitarán al alto tribunal que precise los alcances de la sentencia y sus efectos, teniendo en cuenta que el fallo de tutela, del que se apartó el magistrado Alberto Rojas Ríos, condicionó la consulta previa a que sea el mismo Ministerio del Interior reconozca la condición de población afrodescendiente o consejo comunitario de Barú a Asotuplab.

Para el gobierno la orden de la Corte desconoce que se trata de bienes de uso público que no pueden ser titulados ni pueden ser objeto del ejercicio de actividades sin el cumplimiento de requisitos legales.

Fuentes aseguraron a Caracol que no está claro en el fallo si la Corte ordena que se titule la tierra a favor de los demandantes, o simplemente que se reconozca su condición de organización negra o afrocolombiana asentada en el sector. De ser lo primero no entienden que esa decisión se de en un fallo de tutela donde lo que pedía los peticionarios es que fueran consultados sobre el impacto del proyecto.

La Ley 70 de negritudes establece que para reconocer la condición de consejo comunitario primero se debe demostrar la permanencia en un sitio y una identidad de costumbres y tradiciones.

El recurso de nulidad será presentado por las entidades afectadas con el fallo de tutela, entre ellas el Ministerio del Interior, el Fondo Financiero para Proyectos de Desarrollo (Fonade), la Autoridad Marítima Nacional (Dimar), el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), la Corporación Para el Desarrollo de Playa Blanca - Barú (Corplaya), y la sociedad Playa Blanca Barú S.A.S.

La inspección que fue anulada

Para el gobierno y los privados vinculados con el proyecto resulta “infortunado” que la ‘prueba reina’ que demostraba que los derechos que reclama Asotuplab no existen, porque el origen de este grupo es el comercio en Playa Blanca, fuera declarada nula por la magistrada Myriam Ávila Roldán.

Se trata de una visita de campo que ordenó en su momento el magistrado Alberto Rojas Ríos, quien delegó funcionarios de su despacho para que tomaran testimonios en la Playa Blanca de Barú sobre la actividad que realizaban los reclamantes de la tutela a nombre de Asotuplab, entre ellos la ciudadana española Carmen García García, dueña de un hostal, quien ahora pide ser tenida en cuenta como miembro de la comunidad afro de la zona.

En la inspección también participaron delegados de los ministerios del Interior, de Comercio, la alcaldía de Cartagena y organismos como la Dimar.

La sala de octava anulo la inspección, que para el gobierno era clave en el proceso, con dos argumentos. El primero, que la prueba fue ordenada cuando ya se encontraba el expediente al despacho, es decir listo para fallo; y la segunda, que el magistrado auxiliar que practicó la prueba no identificó a los ciudadanos que entrevistó ni los sitios puntuales que visitó.

La posición de Rojas Ríos siempre fue contraria a la de sus dos compañeras de sala, las magistradas, María Victoria Calle y Myriam Ávila.

"Los miembros de ASOTUPLAB son personas de diferentes regiones del país, sin ningún vínculo entre ellas, que se desplazaron de manera voluntaria a la playas de barú con fines netamente económicos" … "La ciudadana Carmen García García es de origen español, no tiene vínculos ancestrales con el territorio ni una relación cultural con el mismo. En Playa Blanca encontró una forma de ejercer su derecho al trabajo a partir del ejercicio de prácticas económicas que son ajenas a las empleadas por las comunidades nativas que habitan la isla de Barú. Los usos que realiza sobre el territorio son comerciales y relativos al servicio de hostelería, hecho que puede generar que las costumbres de las comunidades de la Isla de Barú se transformen hasta ser irreconocibles respecto de los códigos culturales de la población que realmente tiene asentamientos en los pueblos cercanos y que han sobrevivido desde la época de la colonia".

Los argumentos de la Corte

La ponencia de la magistrada (e) Myriam Ávila, que fue acogida por María Victoria Calle, asegura que existe material probatorio y documentado que permite establecer que María del Carmen García García (ciudadana española) y Wilfrido del Río Estrada, sí hacen parte de una comunidad afrodescendiente que subsiste con los recursos que les brinda la playa, comerciales y naturales.

Inclusive advierte la sala que el proyecto turístico y hotelero que estaba adelantando la empresa Playa Blanca Barú S.A.S afectaba directamente a esta comunidad. La sentencia da por hecho que la obra avanza pese a la oposición de la comunidad, pero según los ejecutores lo único que allí se ha construido son vías para facilitar la movilización.

"La ejecución actual del proyecto incide en aspectos relacionados con la protección de la comunidad diferenciada que se ubica en el área, lo que demuestra la existencia de un riesgo cierto y verificable de los derechos diferenciados de la comunidad afrodescendiente y, por lo mismo, la inminencia de un perjuicio irremediable frente a los mismos", dicen ambas magistradas en la sentencia.

El estudio de esta tutela para por las manos como ponente del fallo de Alberto Rojas, Alexei Julio, Martha Sáchica y Luis Ernesto Vargas, quien debió ser reemplazado por Myriam Ávila luego de sufrir un infarto que lo obligó a tomar una licencia médica.

Fiscalía investiga

La Fiscalía alista imputación de cargos por contaminación en Barú, teniendo en cuenta que son varios los problemas que afectan al parque natural y que por orden del fiscal general se abordaron en dos frentes de investigación.

El daño al medio ambiente, tala y quema de manglar, es la investigación que tiene lista una imputación de cargos contra quienes fueron identificados como los responsables de afectar los recursos naturales en la isla, para sacar provecho económico.

Otro frente que investiga la Fiscalía está relacionado con la aparición de organizaciones criminales que lideran a través del narcomenudeo el tráfico de estupefacientes.

Se investigan varias denuncias por supuestos cobros de extorsiones de jefes de bandas a pobladores a cambio de permitir el trabajo en la isla, particularmente en la zona de playa.

La Fiscalía con el apoyo de la Policía identificaron estas bandas y aseguran que cuestión de semanas esperan dar resultados en el capítulo de criminalidad.

Extranjeros trabajando en Barú

Fuentes de la cancillería colombiana confirmaron que Cármen García García, quien figura como presidente de la Asociación, se encuentra de manera legal en el país.

Actualmente no tiene ningún reporte de acción judicial en su contra, y por temas de confidencialidad no pueden precisar si tiene cédula de extranjería, permiso de permanencia en el país u otro tipo de autorización.

Sin embargo, llama la atención para las entidades afectadas por el fallo, que la señora García, propietaria del hostal “La Española”, es quien lidera la asociación a la que la corte le reconoce derechos como comunidad ancestral afrodescendiente en Playa Blanca.

El proyecto “Playa Blanca Barú”

La decisión de la Corte bloquea la puesta en marcha de un proyecto de desarrollo en la zona

Actualmente la zona de Barú es la única playa blanca al lado de Cartagena, lo que permite, de acuerdo con Fonade, interactuar con la actividad turística en la región.

Teniendo en cuenta estas condiciones, se estructuró un proyecto similar al de una Alianza Público Privada, denominado “Playa Blanca Barú”, en cabeza de la empresa Playa Blanca Barú, que tiene tres socios: el Estado a través de Fonade, con 49%; Valorem, sociedad del Grupo Santo Domingo con un 26,47% y la Inmobiliaria Barú, de propiedad de Gabriel Echavarría, miembro de la familia propietaria de la Organización Corona con un 24,53%.

Se proyectó que allí se construiría un complejo de más de mil viviendas, con 2 hoteles, un centro comercial y un campo de golf.

Según la Alcaldía de Cartagena, además de la inversión que lograría atraer para la región, se generarían más de 1.000 empleos formales en Playa Blanca y más de 3.000 directos para la construcción del proyecto, además de unos 10.000 trabajos indirectos, lo que dinamizaría el empleo para los habitantes de la región.

Consideran que un proyecto como “Playa Blanca Barú” pondría a la ciudad amurallada a nivel de los mejores sitios turísticos del Caribe.

Para algunas fuentes y sectores interesados en el proyecto, la decisión de la Corte es un retroceso para la puesta en marcha de este proyecto de turismo en momentos en que una delegación de empresarios españoles visita Cartagena con interés de hacer inversiones en el país, lo que debido a la inestabilidad jurídica más los altos impuestos puede producir un desgano o desincentivo.

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