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“Era mi obligación legal”: Andrés Peñate sobre interceptaciones

Peñate aseguró que cumplió su trabajo de acuerdo a ley que había conferido al DAS funciones de contra-inteligencia.

El exdirector del DAS, Andrés Peñate, respondió a través de un comunicado de ocho puntos a las acusaciones que hiciera en su contra el exsubdirector de Fuentes Humanas del DAS, William Romero quien asegura que Peñate fue quien dio la orden a Martha Leal y esta a su vez le dio la orden a él de ubicar fuentes humanas, agentes de entes de control en el Congreso y las altas cortes

 Peñate aseguró que cumplió su trabajo de acuerdo a ley que había conferido al DAS funciones de contra-inteligencia y que “como director de esa entidad debía adelantar gestiones que permitieran verificar, es decir confirmar o refutar, dicha información revelada por los medios de comunicación. Esa era mi obligación legal. No haberlo hecho hubiera sido delito”

 A continuación el comunicado completo del exdirector del DAS, Andrés Peñate. 'Respecto a las declaraciones públicas que el Señor William Romero ha hecho y publicadas por el diario El Espectador en el día de hoy, me permito hacer las siguientes precisiones: 1. A finales del año 2006 la revista Semana reveló información detallada que indicaba la intención del señor Giorgio Sale, en esa fecha sospechoso de ser testaferro del narcotráfico y agente del paramilitarismo y hoy condenado, por establecer relaciones con magistrados de la Corte Suprema

 2. En ese entonces, el DAS era la única entidad con el mandato de prevenir y detectar la infiltración y penetración de organizaciones criminales al interior de las entidades del Estado. Para cumplir este mandato la ley había conferido al DAS funciones de contra-inteligencia

 3. Como Director del DAS solicité a la Dirección de Inteligencia de esa entidad adelantar gestiones que permitieran verificar, es decir confirmar o refutar, dicha información revelada por los medios de comunicación. Esa era mi obligación legal. No haberlo hecho hubiera sido delito

 4. Durante mi tiempo como Director, esta orden no tuvo resultado tangible que permitiera confirmar ni refutar lo señalado en los medios de comunicación, y por lo tanto no hubo información adicional que pudiera poner en conocimiento de instancias judiciales o administrativas

 5. Según la ley expresada en varios y claros fallos de la Corte Constitucional, las agencias de inteligencia del Estado no requerían contar con una orden judicial para realizar verificaciones de inteligencia, siempre y cuando se respetaran los derechos fundamentales de las personas

 6. En cumplimiento de mi deber legal, durante todo el tiempo de mi gestión, insistí que el DAS honrara su mandato de contra inteligencia y solicité mayor diligencia de los esfuerzos de recolección de información para cumplir mejor con esa obligación institucional. Siempre dentro de los límites de la Constitución y de la ley

 7. En ningún momento recibí, ni emití, ni toleré ordenes que hicieran que el DAS pudiese ser usado como una "policía política" para perseguir o acosar opositores, disidentes o críticos del gobierno, o a miembros de otras ramas del poder público, en virtud de sus supuestas simpatías o malquerencias con el gobernante de turno

 8. Rechazo de manera enfática las insinuaciones tendenciosas que el señor Romero hace en mi contra. Confío en que la acción de la justicia al final determinará la verdad plena de los hechos y sus responsables. Y reitero una vez más mi disposición a acudir a su llamado para esto''.

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