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Judicatura, a puertas de choque de trenes con las altas cortes

Directora Ejecutiva de la rama cumple 65 años. Consejo de Estado dice que se debe jubilar. C Constitucional dice que no.

La continuidad en el cargo de la Directora Ejecutiva de la Rama Judicial, Celinea Oróstegui, se convirtió en una papa caliente y un tema del que nadie quiere hablar en público en el Palacio de Justicia, porque la funcionaria el 22 de diciembre cumple 65 años, edad considerada por la jurisprudencia del Consejo de Estado como de retiro forzoso

El caso fue estudiado esta semana por la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, de la que hacen parte los presidentes de las altas cortes, el presidente de la sala Administrativa de la Judicatura, el fiscal general y un representante de los trabajadores

En esa reunión se estableció que la sala Administrativa del Consejo Superior era la competente para decidir si cumple el fallo del Consejo de Estado, que dijo que los 65 años es la edad de retiro forzoso para la señora Oróstegui, o si acoge una sentencia de la Corte Constitucional que señala que para las nuevas cortes creadas por la Constitucional del 91 no aplica esta edad de jubilación

En febrero de este año el Consejo de Estado al negar una demanda del ingeniero Juan Carlos Abuabara contra la elección de Celinea Oróstegui señaló que “La demandada no ha cumplido 65 años de edad, por tanto no se verifica el presupuesto de hecho que implica el retiro forzoso en consideración a la edad”

La sala Administrativa se reunió el pasado jueves a estudiar el tema, pero no tomó una decisión. Ente otras cosas porque hoy apenas tiene 4 magistrados de los 6 que establece la Constitución y no existe mayoría en torno a la decisión

Las otras dos vacantes son las de Francisco Ricaurte y Pedro Munar, cuyas elecciones como magistrados de la Judicatura fueron anuladas por el Consejo de Estado por la llamada puerta giratoria en las altas cortes

Dicen en la Judicatura que Ricaurte y Munar eran quienes defendían y apoyaban a Oróstegui, lo que explicaría la insistencia de la Directora Ejecutiva de la Rama Judicial para que se cayera el proceso por la puerta giratoria y el Consejo de Estado anulara todo lo actuado

La situación llegó a tal punto que la magistrada Stella Conto pidió investigaciones disciplinarias y administrativas contra Oróstegui, porque su solicitud de nulidad estaba fundada en hechos falsos. También le impuso una multa de tres millones por temeridad, al asegurar que no fue notificada de los procesos y que conoció los fallos por declaraciones a la prensa de la presidenta del Consejo de Estado, María Claudia Rojas

En el caso de la señora Oróstegui surge un tema adicional. Normalmente cuando los funcionarios cumplen la edad de retiro la ley les concede 6 meses para permanecer en el cargo mientras tramitan su pensión

Pero la Directora Ejecutiva de la Rama ya tiene pensión. Incluso en 2006 presentó tutela para que le fuera reajustada su jubilación, porque no garantizaba su mínimo vital. Así resumió la Corte Constitucional la petición de Oróstegui, que con ponencia del magistrado Jaime Araujo fue rechazada

“Agrega la actora que en la misma resolución No. 014268 de 13 de mayo de 2005, el I.S.S le reconoció la pensión de vejez, por un valor de $ 5´071.938. Indica que esta suma es muy inferior a la que le corresponde según los ingresos que tenía como Directora Ejecutiva de la Administración Judicial, y que no le permite solventar sus obligaciones.  Al respecto indica que está en el deber de pagar un crédito hipotecario, servicios públicos y la manutención de sus dos hijos, uno de los cuales adelanta sus estudios en el extranjero. Además aporta pruebas en el sentido de estar pagando altas cuotas de tarjetas de crédito, impuestos y telefonía  celular, entre otras obligaciones; adicionalmente presenta constancia de emplear y pagar a varias personas que le prestan servicios domésticos (planchado y lavado, jardinería y conducción) y de estar tomando cursos de danza árabe y de inglés”

Fuentes del Consejo de la Judicatura aseguraron desconocer que la Directora Ejecutiva tuviera ya una pensión y reconocieron que el enredo del tema está en que lo que decidan los enfrentará con una corte. La Constitucional si hay relevo en la dirección o el Consejo de Estado si dejan a Oróstegui en el cargo

Hoy el poder de Oróstegui no sólo reside en administrar los bienes de la rama, elaborar los informes para el presupuesto, suscribir contratos y pagar nóminas, sino en nombrar y remover empleados.

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