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Niños que sus padres no puedan darles desarrollo óptimo deben ser adoptados

Así lo instauró la Corte Constitucional con una sentencia.

Así lo estableció la Corte Constitucional al explicar que en Colombia se deben satisfacer ante todo las necesidades de los menores, principalmente a un desarrollo óptimo y bajo los cuidados necesarios

Señala el alto tribunal que los niños tienen el derecho a tener una familia y no ser separado de ésta y que en caso de que la familia natural no le brinde al menor el cuidado que merece procede la adopción como forma de garantizarlo y de la cual no debe ser separado

“La jurisprudencia constitucional ha reconocido esta figura como un mecanismo orientado primordialmente a satisfacer el interés superior del menor cuya familia no provea las condiciones necesarias para su desarrollo, mediante su ubicación en un núcleo familiar apto: “se desprende del derecho a tener una familia y no ser separado de ésta que en caso de que la familia natural no le brinde al menor el cuidado que merece procede la adopción como forma de garantizarlo”, señala la sentencia

Sin embargo la corporación aclara que “todo adoptado tiene derecho a conocer su origen y el carácter de su vínculo familiar. Los padres juzgarán el momento y las condiciones en que no resulte desfavorable para el niño, conocer dicha información.” 

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