En firme liquidación de programa del régimen subsidiado de Saludcoop
El Consejo de Estado negó la petición de dejar sin efecto la orden de la SuperSalud en 2001 de intervenir parcialmente esos servicios a usuarios Sisbén.

En firme liquidación de programa del régimen subsidiado de Saludcoop
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El Consejo de Estado negó la petición de dejar sin efecto la orden de la Superintendencia de Salud en 2001 de intervenir para liquidar el programa de servicios al régimen subsidiado
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El argumento del magistrado del alto tribunal, Marco Antonio Velilla, es que la autorización para el funcionamiento de la EPS para usuarios Sisbén fue revocada en el 2001 y que la orden emitida por la SuperSalud, estaba dentro de sus funciones
"Revocada la autorización, era procedente la liquidación de ese programa, más aún cuando fue evidente que SaludCoop aún se encontraba administrando recursos del régimen subsidiado, en cuando existían entes territoriales que le adeudaban al régimen subsidiadio de SaludCoop algunos valores por concepto de unidades de pago por capitación y esta a su vez debía a las instituciones prestadoras de servicios de salud dineros por concepto de la atención prestada a los afiliados de la EPS al régimen subsidiado", indica el fallo
Finalmente, la decisión explicó que se requería una evaluación previa por parte de la SuperSalud para efectuar la intervención, por cuanto existía una revocatoria explícita de dicha autorización.




