Corte Constitucional pide que el despido de funcionarios provisionales sea motivado por el empleador
La Corte Constitucional le exigió al Consejo de Estado abstenerse de aplicar conceptos en los cuales es procedente el despido de funcionarios provisionales sin mediar sustento.
La Corte advierte que esa tesis que ha venido aplicando el Consejo de Estado ha propiciado que funcionarios administrativos y judiciales de todas las jurisdicciones y niveles, profieran decisiones que violan la Constitución, así como los derechosfundamentales de los particulares y hasta los principios de un Estado de derecho democrático
Según la Corte Constitucional, el Consejo de Estado al contradecir su tesis de que siempre tiene que motivarse el despido de los empleados provisionales, no solo viola la Constitución, sino que le impone a estos empleados la carga de tener que esperar a que sea la Corte Constitucional en última instancia, la que orden su reintegro
El fallo expone que esta posición del alto tribunal "somete al Estado y al erario público a tener no sólo que reintegrar funcionarios que fueron retirados del servicio de manera irregular, sino también al pago de altas sumas de dinero por el reconocimiento de salarios dejados de devengar"




